Nota de prensa
NOTA DE PRENSA
24 DE JUNIO DIA DELCAMPESINO
A LA LUCHA COMPAÑEROS Y COMPAÑERAS
EL PERRO DEL HORTELANO VUELVE A ATACAR
Representante de las transnacionales observa la Ley de la Consulta Previa
Justo antes de la celebración nacional del Día del Campesino y en el último día del plazo que había para presentar cualquier observación, el poder Ejecutivo presentó ocho observaciones a la autógrafa de la Ley de Consulta.
Los secretarios generales colegiados de la Confederación Campesina del Perú (CCP), Marcelina Vargas, Roberto López, Melchor Lima y Jorge Prado, recibieron la noticia con estupefacción y celebraron sesión permanente. La central nacional acordó estrategias a desarrollar conjuntamente con las organizaciones campesinas e indígenas, de la costa, sierra y selva y las transmitió a las federaciones base.
El objetivo de todos es que se apruebe definitivamente la Ley de la Consulta previa. Dichas 8 objeciones ya han sido replicadas por los distintos gremios y también en un pronunciamiento colectivo publicado hoy en el diario La República. Para conocimiento general las enumeramos aquí:
1. Precisan que en caso no se logre el acuerdo o consentimiento, la entidad estatal a cargo de la consulta decidirá conforme a Ley.
2. Proponen cambiar el segundo párrafo del artículo 15 del proyecto que señalaba el carácter obligatorio de los acuerdos y el deber del Estado, en caso no se logre un acuerdo, de adoptar las medidas necesarias para salvaguardar los derechos colectivos de los pueblos indígenas. Proponen que diga ahora “El Estado decidirá la ejecución de la medida, privilegiando el interés general y el de la Nación, estableciendo la participación en los beneficios y, en su caso, la indemnización equitativa por los daños que puedan sufrir.”
3. Eliminar la referencia a que deben ser consultados los planes, programas y proyectos de desarrollo nacional y regional por no estar expresamente señalados en el Convenio 169 de la OIT.
4. Eliminar la referencia a que los funcionarios deben identificar las medidas administrativas y legislativas a ser consultadas “bajo responsabilidad" (eliminar esta referencia a la responsabilidad).
5. Precisar que la impugnación judicial contra la decisión del Ejecutivo de que determinada medida no necesita ser consultada no implique la paralización de los procesos administrativos en curso (evaluación de impacto ambiental).
6. Eliminar la referencia a que las comunidades campesinas puedan ser consideradas “pueblos indígenas”.
7. Que la ONPE establezca y verifique la “representatividad” y “legitimidad” de los representantes de los pueblos indígenas.
8. Precisar en el segundo párrafo del artículo 15º de la Autógrafa que el “acuerdo entre el Estado y los pueblos”, se refiere exactamente al “acuerdo suscrito en el acta de consulta entre el Estado y los pueblos indígenas u originarios”, el cual es exigible en sede administrativa y judicial.
Este nuevo intento por desconocer los derechos de las Comunidades Campesinas, está orientado a continuar su labor de perro guardián de las transnacionales de las industrias extractivas (petróleo, gas y otros) para que estas puedan continuar con la explotación inconsulta de los recursos naturales de nuestro país, que erradican de su territorio y contaminan el medioambiente a los campesinos e indígenas.
Estas observaciones a la Ley de la Consulta previa, abren el camino para que los conflictos, se puedan convertir en otros Bagua, donde la responsabilidad del gobierno en la masacre es indiscutible.
La CCP se pronuncia para que el Congreso de la República, asuma la responsabilidad que le corresponde y promulgue la ley de la consulta previa, nos mantendremos en situación de alerta hasta que nuestros derechos sean reconocidos.
POR LA VIGENCIA Y APLICACIÓN DEL CONVENIO 169 DE LA OIT
Lima, 22 de junio del 2010