INDEPA: Un avance histórico en la lucha de los pueblos indígenas
La Confederación Nacional de Comunidades del Perú Afectadas por la Minería, CONACAMI Perú, ante la promulgación de la Ley que crea el Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Amazónicos y Afroperuano (INDEPA) con la cual se institucionaliza en la estructura del Estado la representación de los pueblos indígenas de la que fuimos históricamente excluidos; ante este logro que es resultado de jornadas de lucha y de debate por sus organizaciones y dirigentes, con el presente aclaramos ante la opinión publica lo siguiente:
1. A inicios del año 2001, durante el Gobierno de Transición del Dr. Valentín Paniagua, diversas iniciativas condujeron a la constitución de una Comisión Especial Multisectorial para las Comunidades Nativas, que logro formular un plan de acción sobre ocho asuntos prioritarios de las comunidades. Posteriormente se conformo la Comisión Indígena Nacional de la Amazonía (CINA), que se encargó de elaborar junto con la Asociación Interétnica de Desarrollo de la Selva Peruana - AIDESEP, una propuesta para la formación de una institución que se encargue de elaborar políticas públicas para los pueblos indígenas del Perú.
2. El Presidente Dr. Alejandro Toledo al asumir su mandato en la Declaración de Machu Picchu se comprometió a promoción y protección de los derechos de los pueblos indígenas, compromiso que hasta el momento no se cumple, muy a pesar que el Estado peruano es firmante de pactos y convenios internacionales, como el Convenio 169 de la OIT, de Diversidad Biológica, la Declaración Americana de los Derechos Humanos en la ONU y la OEA.
3. Pese a los compromisos asumidos por el presidente Toledo y la participación activa y propositiva de los pueblos indígenas andinos y amazónicos, con sólidos fundamentos técnicos y con opinión de las bases organizadas en comunidades campesinas y nativas para garantizar la institucionalidad, ésta fue ignorada por el Gobierno y en noviembre del año 2001 crea la Comisión Nacional de Pueblos Andinos, Amazónicos y Afroperuanos (CONAPAA), sin tomar en cuenta derechos fundamentales de nuestros pueblos como la debida consulta y participación democrática.
4. Durante el año 2002 la CONAPAA, presidido por señora Eliane Karp, demuestra su ineficiencia convocando solo dos reuniones y su indiferencia ante los problemas que atraviesan los pueblos indígenas. El 13 de febrero de 2003, mediante Decreto Supremo se disuelve la Secretaría Técnica de Asuntos Indígenas (SETAI) y la CONAPAA nombra un nuevo Presidente sin poderes, crea la Secretaria Ejecutiva quién dispone que la ONPE supervise el proceso de elección de los representantes indígenas en un plazo de 120 días violando el derecho de elección de los pueblos bajo sus formas tradicionales. El 11 de agosto, luego de haberse cumplido los plazos la Presidencia del Consejo de Ministros emite un Decreto Supremo, en la que se dispone que el Gobierno elegirá representantes transitorios de los pueblos indígenas y definirá los criterios para la elección, nombrándose a dedo a dirigentes creando desconfianza y rechazo.
5. El 14 de agosto del 2003 ante la crisis institucional de la CONAPAA, en conferencia de prensa, nuestras organizaciones indígenas expresan una serie de razones por las cuales la CONAPAA no representa la aspiración de los pueblos indígenas y por lo tanto no participamos en su recomposición y denunciamos los malos manejos de los fondos prestados por el Banco Mundial, que actualmente se ventila en los fueros judiciales.
6. Del 27 al 28 de octubre del 2003 se realiza la Asamblea Nacional de la Coordinadora Permanente de los Pueblos Indígenas del Perú (COPPIP) donde aprobamos la propuesta de institucionalidad para los pueblos indígenas cuyo carácter central es tener rango ministerial, que sea un órgano representativo y democrático de los pueblos, un espacio de concertación con el Estado, y su funcionamiento vía un Organismo Público Descentralizado - OPD para la ejecución de los acuerdos y con recursos económicos. Esta propuesta fue presentada ante la Comisión de Asuntos Indígenas del Congreso de la Republica y al propio presidente Toledo. Luego de gestiones diversas en año y medio de nuestras organizaciones el pleno del Congreso aprobó el 18 de diciembre del 2004, la creación del Instituto Nacional de Desarrollo de los Pueblos Indígenas, Amazónicos y Afroperuano (INDEPA), enviándose al Ejecutivo para su promulgación, el cual fue observada por la PCM y el propio Presidente de la República, específicamente respecto a la participación paritaria del número de representantes de los pueblos indígenas y el Estado, el rango ministerial del INDEPA y no estaría adscrito al PCM sino a cualquier otro ministerio.
7. Respetando nuestros nos pronunciamos por la insistencia ante el Congreso de la República, se realizaron asambleas nacionales y macroregionales del norte, centro y sur del país en el mes de marzo, acciones que fueron complementadas con otro proceso silencioso pero efectivo ante los legisladores en el Congreso. Finalmente el 31 de marzo el pleno del congreso nuevamente aprobó con 65 votos por segunda vez la creación del INSTITUTO DE DESARROLLO PARA LOS PUEBLOS INDÍGENAS DEL PERU (INDEPA).
Por lo tanto expresamos:
1. La promulgación de la Ley de institucionalidad para los pueblos indígenas (INDEPA) es el reconocimiento y la restitución de un justo derecho a casi cinco siglos de marginación y exclusión en que vivimos los pueblos ancestrales reconocidos hoy como comunidades campesinas en la costa y los andes y como comunidades nativas en la amazonía.
2. La promulgación de la Ley que crea el INDEPA, por tanto, es un deber moral del Gobierno, así como atender de manera prioritaria su reglamentación. No aceptamos que se pretenda presentar ante la opinión pública como un hecho o un logro del presente régimen, sino como el resultado de nuestra propia gestión que hoy da sus frutos a pesar de la oposición de muchos funcionarios como el Presidente del Consejo de Ministros.
3. Está demostrado que el Gobierno ha sido la principal traba para la creación de la institucionalidad para los pueblos y comunidades, incluso intentó desconocer a las organizaciones representativas de los pueblos y comunidades con el fin de crear otras organizaciones a la medida de sus intereses, manipulando a unos y marginando a otros. Estas actitudes no deben repetirse más, por ello los pueblos indígenas debemos ejercer nuestro derecho a la autonomía como organización y establecer nuestras políticas de desarrollo.
4. El INDEPA debe responder a las verdaderas necesidades de los pueblos indígenas y debería estar exento de intereses familiares o políticos del Presidente Toledo y funcionarios de este régimen, quienes han demostrado incapacidad e ineficacia para administrar recursos destinados a los pueblos indígenas. Debe proyectarse como un espacio para analizar la problemática de los pueblos indígenas, concertar acciones, proponer políticas publicas y garantizar la participación activa de las comunidades andinas y amazónicas.
5. Finalmente reconocer el aporte y participación de dirigentes y técnicos de AIDESEP, CONACAMI y COPPIP, así como el apoyo de amigos profesionales y ONGs comprometidos con nuestros pueblos y comunidades indígenas.
Lima 13 de Abril de 2005
EL CONSEJO DIRECTIVO