Chile: Rechazo a la urgencia parlamentaria para aprobación del Estatuto del Temporero
La Asociación Nacional de Mujeres Rurales e Indígenas (ANAMURI) y la Confederación Campesina Ranquil: Ante la propuesta de Estatuto del temporero y temporera que está actualmente en la Comisión de Trabajo de la Cámara de Diputados, manifestamos la preocupación y nuestro más profundo rechazo ante la urgencia que desde el gobierno, a través de la Ministra del Trabajo Evelyn Matthei y el Ministro de Agricultura Luis Mayol, se ha puesto para la aprobación el proyecto de ley que crea el Estatuto laboral agrícola del temporero.
Reiteramos, que la propuesta del Estatuto del Temporero y Temporera que está actualmente en la comisión Trabajo de la Cámara de Diputados, y que emanó de un acuerdo entre un conjunto de asociaciones de empresarios agrícolas y algunas organizaciones en que no todas son representativas de los trabajadores y trabajadoras asalariadas agrícola, en este sentido la propuesta difícilmente mejorará las condiciones laboralesde los y las trabajadoras de este sector, condiciones que sonprecarias sumado a los altos niveles de incumplimiento de la actual legislación laboral, por el aumento de la inestabilidad del trabajo que no sólo se debe al carácter estacional del empleo, sino a una política empleadora orientada a la fragmentación de contratos laborales por la vía del uso abusivo del contrato por obra o faena, así como por el alto grado de informalidad.
Según lo difundido por el diario la Tercera el día martes de 10 de Julio del presente mes, los Ministros plantean que a través del nuevo estatuto se podrá llegar a un acuerdo entre empleador y trabajador, llamado pactos silvoagropecuarios por faena, en diversas materias, las que incluyen la posibilidad de aumentar las horas extraordinarias diarias de 2 a 4. Y nos preguntamos ¿En qué medida podría beneficiar a los y las temporeras aumentar en 2 horas más las horas extraordinarias, si a ellas se les paga a destajo o a “trato”, por unidad de medida, y las dos últimas de 12 horas (8 ordinarias, 2 extraordinarias y 2 más extra extraordinarias) son aquellas en que se encuentra exhausta, fatigada y por ende va a rendir menos y ganar menos? En consecuencia ¿Por qué podría beneficiar a las temporeras que constituyen un porcentaje mayoritario en las labores de cosecha y empaque, ausentarse de su hogar y de las actividades domésticas y reproductivas por más de 15 horas? Recordemos que serán 12 horas de trabajo, más 2 horas que demoran en traslados de ida y vuelta, más 1 hora que le dan de colación que no es imputable a la jornada de trabajo. Es decir, en las 9 horas que le quedan deberá reponerse de un trabajo extenuante físicamente y además cumplir con el trabajo doméstico, lavar, planchar, dejar almuerzo hecho para el otro día, hacer aseo y hacer vida familiar.
El proyecto señala que éste será un pacto voluntario entre privados. ¿De qué voluntariedad hablamos cuando la relación de poder es totalmente asimétrica entre las dos partes, en la que una parte oferta trabajo para producir, y la segunda demanda trabajo para sobrevivir?, ¿qué posibilidad real tendránlas y los trabajadores de este sector para negarse a firmar un pacto, cuando además sabe que se trata de un trabajo de paso, inestable?, ¿qué pasará con los contratistas, si en la actualidad ellos son gran parte de los principales empleadores en la agricultura de exportación y no han sido parte de la Mesa que elaboró esta propuesta?, ¿qué pasará cuando en una faena ya hay un pacto establecido y se incorpora un nuevo grupo de trabajadores?, ¿podrá negarse a firmar el pacto o tendrá que buscar otro trabajo?.
Asimismo se establece que un límite máximo a las horas extraordinarias adicionales, pero por mes. Sabemos que sobre todo quienes están empleados con contratistas tienen empleos que duran menos de un mes. En todos esos casos se corre el riesgo de perpetuar jornadas extensas de duración máxima, toda vez que se establezcan faenas con duraciones inferiores a un mes, y los trabajadores/as concurran a celebrar nuevos y sucesivos pactos con el mismo u otros empleadores.
Además en esta propuesta se incorpora el establecimiento de jornadas fragmentadas o discontinuas “cuando sea necesario”, la que no se plantea en el contexto de pactos temporales por faena, sino como norma general de los contratos de trabajadores/as agrícolas. Diversos estudios desde el enfoque de los condicionantes laborales en la salud de los trabajadores/as han alertado sobre las consecuencias en la calidad de vida personal y familiar de trabajadores/as expuestos a jornadas excepcionales, en tanto queda supeditada la vida privada de los sujetos al trabajo. La pregunta de fondo es ¿qué hará que “sea necesario” establecer jornadas discontinuas?, y ¿por qué podría pensarse que la división de la jornada diaria beneficiaría a los trabajadores/as? Si se toma como ejemplo la ordeña, la solución es el establecimiento de turnos y no la supeditación de un mismo grupo de trabajadores/as a dicha actividad. La demanda de la jornada discontinua es de los empresarios del sector lechero, pero no de los trabajadores/as, quienes aspiran a un trabajo decente, lo que incluye horarios de trabajo y de descanso, como está establecido para el conjunto de trabajadores/as del país.
En este contexto, la Asociación Nacional de Mujeres Rurales e Indígenas (ANAMURI), la Confederación Ranquil, la Pastoral de los y las temporeras y una serie de otras organizaciones sociales, sindicales y del mundo académico, como el Centro de Estudios para el Desarrollo de la Mujer, hemos demandado el mejoramiento de las condiciones de trabajo en los sectores rurales desde los años 80; esta propuesta de estatuto que está en el Congreso conducirá a todo lo contrario.
En Chile existe un sector importante de los empleadores de la agricultura que no cumple la actual legislación vigente, tenemos sobre un 40% de informalidad, frente a lo cual miles de trabajadores/as se sienten impotentes y desamparados. El argumento de que la legislación es urbana nos parece insustentable. ¿Por qué los/as asalariados/as agrícolas tendríamos que tener un estatuto especial que nos proteja menos y que deje en manos de privados, a la merced de pactos nuestras condiciones laborales, donde ganará la posición del más fuerte?
Sí reconocemos la necesidad de modificar el actual Código del Trabajo que heredamos de la dictadura militar y que nos deja sin poder negociar colectivamente y sujetos al maltrato y abuso laboral. Sí es necesario modificar las formas de pago a trato o a destajo, de manera de buscar una modalidad de pago justa que no esté sustentada en la búsqueda de un rendimiento físico extraordinario que lo único que ha generado, que a los 50 años ya son trabajadores y trabajadoras “desechables”, con dolencias crónicas, como artrosis a las caderas, a las rodillas, lumbago crónico, tendinitis y otras enfermedades, que las mutuales de seguridad difícilmente reconocen como enfermedades profesionales. Sí es necesario modificar y precisar los alcances del contrato más usado con los temporeros/as (cuando hay contrato), que es el contrato por obra o faena, el que se pone término unilateralmente justo antes de fiestas, feriados o fines de semana largos, para no pagar semana corrida, cortando por el hilo más delgado. ¿Qué es una obra o faena en la agricultura?, ¿cuándo es fiable? Si consideramos necesario modificar el código del trabajo para ampliar las facultades de los sindicatos transitorios, para reponer el sindicato comunal por rubro, a través del cual se pueda negociar supra faena.
En síntesis, los reparos con la propuesta de ley que está en el Congreso son de fondo, que no se corrigen con indicaciones como lo hemos explicitado ante la comisión en el parlamento.
Ante esta aberrante situación administrada principalmente desde los intereses de las empresas, es que pedimos apoyo de todos los sectores para rechazar el proyecto presentado por el ejecutivo y comenzar de cero. Tenemos el respaldo de años de trabajo con organizaciones de base de temporeras y temporeros de las regiones agrícolas del país, y la voluntad para dialogar en la construcción de una nueva propuesta que conduzca a un mejor y más digno trabajo para los y las asalariadas agrícolas temporales de Chile.
ANAMURI
Asociación Nacional de Mujeres Rurales e Indígenas
RANQUIL
Confederación Campesina
Santiago, 24 de julio de 2012