TPP pide a Naciones Unidas que reconozcan deuda histórica con los pueblos indígenas

2008-06-25 00:00:00

Normal
0
21

Los derechos de los Pueblos Indígenas constituyen parte esencial del Dictamen emitido por el Tribunal Permanente de los Pueblos (TPP), tras su sesión en Lima, Perú, en el marco de la Cumbre de los Pueblos Enlazando Alternativas 3. El reconocimiento de la Deuda Histórica de Europa con los pueblos originarios del Abya Yala, que incluye un pedido a las Naciones Unidas para que adopten este concepto, y la exhortación a los Estados para que tomen medidas efectivas de respeto, protección y promoción de los derechos de los Pueblos Indígenas, contenidos en el Dictamen del TPP, representan nuevos avances en el posicionamiento de los Pueblos Indígenas como actores políticos protagónicos en los contextos regionales y globales.
 
 Las audiencias del TPP se desarrollaron entre los días 13 y 14 de mayo en tres sesiones. Testigos y expertos presentaron oralmente los casos seleccionados, entregando los documentos de soporte y respondiendo a las preguntas del Jurado. La sesión contó con la contribución de dos expertos, nombrados por el TPP, Alejandro Teitelbaum y Juan Hernández Zubizarreta. La deliberación del Tribunal se desarrolló a puerta cerrada el día 15 de mayo hasta la mañana del 16 de mayo de 2008.
 
Los miembros del Jurado fueron: François Houtart (Presidente, Bélgica), Vilma Nuñez (Vicepresidente, Nicaragua), Blanca Chancoso (Ecuador), Miren Etxezarreta (España), Franco Ippolito (Italia), Edgardo Lander (Venezuela), Francesco Martone (Italia), Lorenzo Muelas (Colombia), Patricio Pazmiño (Ecuador), Roberto Schiattarella (Italia), Giulia Tamayo (Perú), Alirio Uribe (Colombia), Gianni Tognoni (Secretario General TPP, Italia).
 
A continuación, reproducimos los acápites del Dictamen del Tribunal Permanente de los Pueblos referidos a los derechos de los Pueblos Indígenas.
 
 Las deudas hacia los pueblos indigenas y afro-americanos
                       
Reconocemos la existencia de una deuda histórica con los pueblos originarios del hoy llamado continente americano, generada por la invasión, conquista y colonización de sus territorios desde el siglo XV, por parte de las naciones europeas. No solamente se arrebataron las tierras y se esclavizaron a los indígenas para el trabajo en las minas, plantaciones y ganaderías, sino que se produjeron muertes masivas de pobladores originarios y el corte vertical del proceso de desarrollo propio de estos pueblos. Se borró una civilización con sus saberes, su ciencia, su sabiduría, de los que solamente quedan trazas en las rocas o vestigios arqueológicos. Se perdieron los sentidos y muchos de los valores. Ya no es posible rescatar estos tesoros de civilizaciones orales. El saqueo fue también un genocidio cultural. Los pueblos indígenas perdieron las tierras llanas, teniendo que refugiarse en las montañas y en las selvas. Éstas son hoy el objeto del saqueo. Habrá un día en que no tengan dónde vivir. Son desplazados forzados históricos, lo que constituye un crimen de lesa-humanidad. Los pueblos de origen africano, llevados a América como esclavos para llenar los vacíos creados por el genocidio, sufrieron una suerte similar.
 
La deuda ecológica que afecta el conjunto de la humanidad es particularmente grave para los pueblos indígenas y afrodescendientes. La tierra-madre (Pachamama), origen de la vida y por eso inviolable, ha sido destruida: los ríos son contaminados, los suelos se llenan de productos químicos, el agua pierde su pureza, mezclada con pesticidas, los pájaros y las mariposas desaparecen de los monocultivos de palma y de soja, las selvas se mueren por el calentamiento de la tierra, la biodiversidad está en peligro, por extensión de la ganadería, la caña, y las plantas destinadas a producir biocombustibles, por las minas, por la extensión de la extracción petrolera y por los megaproyectos viales y turísticos. La fauna pierde cada año decenas de sus especies en extinción. Todo eso por el provecho inmediato de grandes compañías nacionales e internacionales que sirven a una minoría de la humanidad. Hasta de la coca, la planta más sagrada para los pueblos indígenas, por su poder y virtud (sabia de los sabios), se han apropiado los poderes económicos y criminales para transformarla en drogas. No es el problema de los indígenas y por eso no deben ser penalizados. La deuda ecológica está en continuo aumento y significa la condena a la desaparición de la mayoría de los pueblos indígenas y comunidades afrodescendientes que podrían ser los mejores protectores de la biodiversidad. La justicia con estos pueblos debe implicar, no solo el reconocimiento de tales deudas, sino también el resarcimiento y la indemnización a los mismos.
 
 Examen de los casos
 
El Tribunal examinó también varios casos relacionados con violaciones de los derechos de comunidades, pueblos y nacionalidades indígenas y afrodescendientes, en los cuales se denunció:
 
1° La destrucción de la naturaleza, fuente y espacio de vida y por ello sagrada. No se trata solamente de una agresión física por la contaminación de los suelos y del agua, la erosión de las tierras y la destrucción de las selvas, sino de una agresión moral a la tierra-madre (pacha-mama), pues ella no puede ser un objeto exclusivo de explotación, sino que ha de ser respetada. En la cosmovisión de los pueblos indígenas, los seres humanos, hijos del agua y de la tierra, viven en simbiosis con la naturaleza de la cual sacan provecho para vivir. Por ello su destrucción significa la falta de respeto a la vida en su conjunto y, por lo tanto, una obra de muerte. Es lo que se evidenció, por ejemplo, en el caso de la empresa UNION FENOSA de España con la presa de SALVAJINA en el Cauca (Colombia) y en el río Anchicaya, Valle del Cauca, con la destrucción de la biodiversidad y la contaminación del agua; con las operaciones de la MINERA MAJAZ, de Gran Bretaña en el Norte de Piura en el Perú con la destrucción de la biodiversidad y la contaminación del agua; con REPSOL, la compañía petrolera española, dañando gravemente los ecosistemas en varias regiones de Colombia, del Ecuador, de Bolivia y de Argentina.
 
 2° La expulsión de las comunidades de sus tierras, a menudo con violencia de parte del ejército, de la policía o de grupos armados irregulares. En varios casos se comprobaron también abusos de autoridad e incluso la indiferencia, inacción y a veces complicidad de ciertos medios judiciales. También, se hallaron casos de compra de conciencia y de cooptación de individuos o comunidades, hechos que se desprenden de varios testimonios, como los presentados en el caso de la empresa UNION FENOSA operante en Colombia, Guatemala, México y Nicaragua, que no cumplió con las compensaciones a las cuales se comprometió por el desplazamiento de las poblaciones indígenas, campesinas y afro-descendientes. En el caso de la SHELL, esta empresa holandesa-británica acudió a la represión ilegal contra comunidades de Brasil y de Argentina, en Loma de la Lata y en Neuquen; se señaló a REPSOL, como responsable de la falta de respeto a los derechos de los Mapuches Paynemil y Kaxipayin de Argentina, Bolivia y Ecuador. La empresa SHELL fue denunciada también para solicitar las mismas prácticas represivas contra comunidades que reclaman sus propios derechos ambientales en un país europeo como Irlanda.
 
Teniendo en cuenta las graves consecuencias que suelen generar las actividades de las empresas multinacionales en los territorios de las comunidades indígenas y afro-americanas y considerando que, en la gran mayoría de los casos, los hechos generados son irreversibles e irreparables, es esencial que las autoridades competentes tomen medidas para prevenirlos.
 
Resoluciones:
 
 Pedir al Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas que designe un Relator Especial para que a la mayor brevedad presente un informe a la Asamblea General que contenga la propuesta de acuñar el concepto de deuda ilegítima, ecológica e histórica, así como la calificación de las violaciones de derechos económicos, sociales y culturales en contra de las personas y de los pueblos, por parte de gobiernos, instituciones financieras y corporaciones multinacionales, debiendo a ese efecto constituirse un Tribunal Internacional para el juzgamiento de los crímenes económicos y ambientales, ante el cual las víctimas individuales o colectivas puedan acudir y constituirse en parte accionante legítima.
 
 Exhortar a los Estados y gobiernos de América Latina y el Caribe a que:
 
    * Se asegure el acceso rápido y eficiente a la justicia y el respeto y aplicación prioritaria de las convenciones, pactos internacionales, declaraciones y normas de la OIT y en general de los derechos humanos, ambientales y de los pueblos, comunidades y nacionalidades indígenas;
 
    * Se impulse y apoye con todos los recursos necesarios al sistema judicial para que lleve a cabo procesos de investigación y sanción a los delitos, en particular aquellos cometidos en violación de los derechos de pueblos y comunidades, logrando la integral reparación material y moral por los graves daños y perjuicios ocasionados a las múltiples víctimas de violaciones a sus derechos;
 
    * Se apliquen medidas inspiradas en el principio internacionalmente reconocido de consenso libre, previo e informado de los actores sociales, comunidades locales y pueblos indígenas, así como en el principio de precaución, cuando se proyecten aplicar acuerdos y políticas de desarrollo e inversión de los capitales que puedan producir efectos negativos sobre la tierra, el espacio de vida y los derechos fundamentales.
 
Lima, 24 de junio de 2008
 
Miguel Palacín Quispe
Coordinador General
Coordinadora Andina de Organizaciones Indígenas – CAOI
Bolivia, Ecuador, Perú, Colombia, Chile, Argentina