Pueblos indígenas de Colombia frente al proyecto de ley forestal
Frente al proyecto de ley forestal que actualmente se tramita en el
congreso colombiano y ante los escenarios de promoción de la misma,
el comité ejecutivo de la ONIC se permite expresar categóricamente lo
siguiente:
El foro “Discusión y análisis del proyecto de ley General
Forestal” convocado por los Ministerio de Agricultura y Desarrollo
rural y de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y la
Corporación Nacional de Investigación y Fomento Forestal – CONIF,
para el día 25 de agosto de 2.005 y el “Foro magistral sobre Manejo
Sostenible de bosques naturales “convocado por las mismas entidades
no son ni pueden asumirse desde ningún punto de vista como escenarios
de consulta con los pueblos indígenas y mucho menos de validación de
los contenidos del proyecto de ley forestal. Los procesos de consulta
comprenden la participación real y efectiva de los pueblos indígenas
bajo el principio del conocimiento previo y libre de los asuntos que
les competen, interesen y afecten.
Teniendo en cuenta que mas del 40% del territorio Colombiano es de
bosque natural y que el 30 % constituye territorio indígenas, el tema
de bosques y la política ambiental del país constituyen temas de suma
importancia para los pueblos indígenas; nuestro interés se funda en
nuestra forma de vida, en la sabiduría de nuestro mayores y en
nuestra misión de mantener relaciones armónicas con la naturaleza de
la cual somos parte.
La naturaleza no es un articulo que desde el paradigma del “todo
vale” se pueda convertir en un elemento mas de la feria donde “Todo
se Vende” al mejor postor o al mas destruya la madre naturaleza. El
territorio colombiano desde el enfoque del comercio está siendo
preparado para ser un escenario de comercialización de lo que
históricamente los pueblos indígenas y otras poblaciones rurales han
conservado.
La creación de la república de Colombia es posterior a la
existencia de nuestras culturas y territorios y, en esa medida, el
relacionamiento con la naturaleza y por lo tanto con los bosques, los
animales y los seres espirituales con los que compartimos nuestros
territorios responden a enseñanzas milenarias y no a propósitos
comerciales y de extracción y destrucción de la naturaleza. El
respeto por las cosmovisiones de los pueblos indígenas es un Derecho
Fundamental del cual somos sujetos y no se nos puede desconocer bajo
el argumento de un estado unitario que persigue un supuesto “interés
general”.
El proyecto de ley forestal busca “brindar seguridad jurídica
efectiva” a los actores económicos y establecer un ambiente propicio
para las inversiones del capitán financiero (Art. 12). lejos de
plantear soluciones a los problemas estructurales de pobreza,
exclusión y discriminación en las regiones y poblaciones menos
favorecidas, es una iniciativa que favorece los procesos de
arrasamiento de los recursos naturales pues si bien su titulo trata
de la organización y la regulación de las actividades tanto en las
plantaciones boscosas como en el bosque natural; su contenido regula
lo referente a las explotaciones de los recursos naturales,
especialmente madereros, sin que haya referencia alguna a
prohibiciones o algún tipo de impedimentos que garanticen la
conservación de la naturaleza. Es un proyecto de ley que promociona
la explotación y no la conservación.
El proyecto de ley forestal al pretender establecer las
competencias de las entidades territoriales en materia de
administración de los recursos naturales y una división del país
según los contenidos forestales y de recursos naturales que posean
sus suelos así como de sus potenciales usos, se constituye una forma
de establecimiento del Ordenamiento territorial del país, en clara
violación del articulo 288 de la constitución política de Colombia.
Este es un ordenamiento territorial pensado desde el enfoque de la
seguridad jurídica, productividad y competitividad de los agentes
económicos y no sobre la necesidad de adelantar procesos que permitan
mejorar de la calidad de vida mediante políticas sociales con
participación efectiva de las regiones y los grupos poblacionales que
componen la sociedad colombiana.
En general la política ambiental Colombiana ha venido generando
figuras institucionales que al ser sobrepuestas con los territorios
indígenas limitan la capacidad de autodeterminación de los pueblos
indígenas. Esto ha venido sucediendo con los parques naturales
nacionales, con las áreas de protección y demás figuras que en varias
regiones han traslapado los territorios indígenas. Ahora se pretende
afianzar la creación de “Áreas forestales de protección”, “Áreas
forestales de producción”, “Áreas de uso silvopastoril y
agroforestal” y las “Áreas de reserva forestal” las cuales al momento
de traslaparse con lo territorios indígenas limitaría aún mas la
adecuación territorial de acuerdo a las necesidades de los pueblos
indígenas y/o comunidades locales, así como elimina la posibilidad de
sanear y ampliar legalmente los territorios de los pueblos indígenas.
En los casos en donde no hay territorios indígenas los efectos sobre
la población es el mismo.
En resumen, el proyecto de ley forestal desde ningún punto de vista
es consecuente con las necesidades de los sectores menos favorecidos,
ni con un proyecto de protección real de la naturaleza y en esa
medida afecta gravemente la pervivencia de los pueblos indígenas y
demás grupos étnicos del país: es un proyecto de ley que pone en
venta y destruye la biodiversidad, el conocimiento tradicional o
propio y arremete la autodeterminación de los pueblos indígenas.
Somos pueblos para la vida
Somos pueblos de la tierra
Somos pueblos en resistencia
ORGANIZACIÓN NACIONAL INDÍGENA DE COLOMBIA COMITÉ EJECUTIVO
Bogotá, D.C. Agosto 25 de 2.005.