Los crímenes de Lesa Humanidad no son amnistiables
Las organizaciones abajo firmantes hemos seguido con atención el proceso
judicial contra los militares que cometieron la masacre de más de 300
personas -entre ellas 67 niños y niñas menores de doce años- en el
parcelamiento las Dos Erres, la Libertad, Petén, acontecida entre el 6 y el 8
de diciembre de 1982.
Manifestamos nuestra preocupación por el fallo emitido el pasado 4 de abril
por la Corte de Constitucionalidad, y notificado oficialmente el 17 del mismo
mes, porque dicha resolución retrasa la aplicación de la justicia al devolver
el expediente a la Corte de Apelaciones e invalida la captura de los
culpables de dicha masacre.
A lo largo de estos casi siete años, tiempo que ha excedido los plazos
razonables para obtener justicia, se ha recopilado abundante información y
prueba fehaciente que demuestran la participación de los actuales imputados
en este hecho criminal.
Una muestra de ello es el testimonio de dos ex kaibiles que participaron en
la misma masacre y que inculpan, además, a diez y seis militares. Con base a
estas y otras evidencias, el juez competente giró órdenes de captura en
contra de la gran mayoría de los presuntos autores materiales del hecho.
Esto originó que la defensa, con el afán de entorpecer la correcta
administración de justicia, interponga innumerables recursos dilatorios,
frívolos e improcedentes que han ocasionado que este caso permanezca en la
impunidad, tal como se observa con la presentación de más de veinte acciones
de amparo iniciadas por cada uno de los imputados y por los mismos hechos,
ante diferentes tribunales.
Esta falta de justicia se ha presentado a pesar de que este caso ha sido
tratado en la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, donde el gobierno
de Guatemala aceptó la responsabilidad del Estado en este hecho criminal,
comprometiéndose a negociar una solución amistosa para la reparación y el
resarcimiento de los familiares de las víctimas, al mismo tiempo que se
investiga el hecho y se enjuicia a los responsables materiales e
intelectuales de la masacre.
Actualmente, a partir de la resolución emitida por la Corte de
Constitucionalidad, el proceso se remitirá a la Sala de la Corte de
Apelaciones competente, para que decida si se aplica el supuesto de extinción
de responsabilidad penal, según lo dispuesto en la Ley de Reconciliación
Nacional.
Al respecto, debemos afirmar categóricamente que el espíritu de la Ley y las
propias normas que la contienen es clara al señalar que sólo se aplicará la
extinción de responsabilidad cuando el hecho se encuadre "en el
enfrentamiento armado interno" y que el mismo sea con los fines de "prevenir,
impedir, perseguir o reprimir los delitos políticos y comunes conexos".
La Ley excluye de este privilegio los delitos que atentan contra la vida de
los miembros de la sociedad civil, tal como es el caso de esta masacre, donde
fueron asesinados de manera brutal niños, niñas, mujeres embarazadas,
ancianos y demás población indefensa.
Las organizaciones de la sociedad civil exigimos que la Sala competente de la
Corte de Apelaciones aplique correctamente la Ley de Reconciliación Nacional,
excluyendo el privilegio de extinción de la responsabilidad penal, en este
caso que es, a todas luces, una MASACRE, delito IMPRESCRIPTIBLE y NO
AMNISTIABLE, y a la vez aplique la prevalencia de los principios de
protección internacional en materia de derechos humanos.
Asimismo, demandamos que el Gobierno de Guatemala ratifique URGENTEMENTE el
Convenio sobre la Imprescriptibilidad de los Crímenes de Lesa Humanidad, que
contribuirá a que los crímenes del pasado no vuelvan a repetirse.
Nos comprometemos a mantener la vigilancia sobre las decisiones que asuman
los tribunales de justicia con relación al caso de las Dos Erres, así como la
información pertinente a los organismos internacionales y organizaciones
solidarias con el pueblo de Guatemala.
Guatemala, 20 de abril de 2001.
ALIANZA CONTRA LA IMPUNIDAD