Colombia: Gobierno incumple la palabra a los indígenas
El próximo 16 de noviembre se cumplen 11 meses de firmado el convenio para agilizar los compromisos adquiridos por el Estado colombiano en diversas oportunidades, con relación a la problemática de tierras y que las comunidades indígenas del departamento evidenciaron de nuevo con el proceso de Liberación de la Madre Tierra en el año 2005.
Al inicio de la negociación el Gobierno se comprometió a entregar 14 mil hectáreas, hasta el momento han entregado 3 mil hectáreas, de estas hectáreas entregadas se ha solucionado para saneamiento de fincas que han estado en posesión desde hace 15 a 20 años.
En dicho documento se estableció, en primer lugar, un monto presupuestal para un año; segundo, se concertó una cantidad de hectáreas a adquirir durante la vigencia del año 2006 y tres, se acordó la construcción de una hoja de ruta que diera cuenta de la realidad de la tenencia de tierras en el Cauca. Obligaciones que, desde la óptica de las autoridades indígenas, ha tenido un mínimo de cumplimiento, tal como lo aceptó el mismo viceministro de agricultura, en la pasada reunión realizada en la ciudad de Popayán, en el mes de septiembre.
El proceso de negociación permitió recordar que la responsabilidad sobre el caso del Nilo es un compromiso institucional que avanza de forma diferenciada del decreto 982, por ser una obligación adquirida con la comunidad internacional, como continuidad del proceso de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, donde el Estado colombiano aceptó su responsabilidad en la Masacre sucedida en la Hacienda el Nilo, municipio de Caloto, en diciembre de 1991. En segundo lugar, para facilitar el desarrollo del decreto 982, se concertó un recurso de diez mil millones de pesos con destino a la compra de ocho mil hectáreas que serían adquiridas durante la vigencia 2006, tomando como punto de partida los procesos adelantados en concertación Incoder ‐ CRIC desde el año 2005. En este punto, una situación referenciada como prioritaria fue el compromiso de entrega de mil hectáreas, en un periodo de tres meses, con el fin de brindar soluciones a las comunidades indígenas de Caldono, presentes en la Finca el Japio.
En tercer lugar, concientes de las dificultades de orden institucional para facilitar la oferta de predios, por efecto de las condiciones normativas para la compra de tierras, se acordó que el gobierno identificara una institución diferente al Incoder para agilizar los procesos de compra de tierras, sugiriendo consulta con PNUD la posibilidad de su aceptación. Finalmente, buscando que el Estado colombiano agilizara con mayor eficiencia los procesos de concertación y adquisición de tierras para los próximos años, se estableció una comisión de trabajo, que convocaría el ministerio del Interior y de Justicia, cuya tarea es la de identificar la realidad de la tenencia de tierras en el departamento del Cauca, a través de lo que se denominó Hoja de Ruta. Compromiso que debía entregar su primer informe en el mes de noviembre del presente año.
Sin lugar a dudas ha sido un tiempo de mucha actividad e interés para las autoridades indígenas, quienes se han reunido con las instituciones tanto regionales como nacionales en más de 25 oportunidades, y en donde, a pesar de la voluntad manifiesta de los delegados indígenas para colaborar y atender las sugerencias y requerimientos hechos, tanto por Incoder como por el Ministerio del Interior y de Justicia, el cumplimiento sobre adquisiciones resulta mínimo, mostrando que para el caso de Caldono es cero. Han sido claros los esfuerzos realizados por las comunidades de identificar fincas con posibilidad de adquisición, sin embargo los avalúos no satisfacen los intereses de los propietarios, por lo cual muchos de ellos desistieron de la oferta. Uno de los compromisos había sido que si los propietarios no aceptaban lo avalúos, como opción, planteada por el mismo presidente de la república para no aceptar la especulación de precios, utilizaría todos los mecanismos legales, en espacial para acceder a las fincas en proceso extensión de dominio por narcotráfico. Esto último fue desechado por el mismo viceministro, bajo el argumento de no culminación de los procesos.
Para nosotros, este periodo ha permitido sistematizar de forma clara cómo las instituciones van cerrando cualquier posibilidad de cumplimiento, (tal como lo muestra el ejemplo de Totoró) unas veces argumentando procedimientos legales y otras competencia entre sectores sociales.
Veamos:
PROCEDIMIENTOS NORMATIVOS
1. Decreto 2164 que entrega responsabilidad a Incoder para que compre tierras destinadas a comunidades indígenas (se continúo con este procedimiento, a pesar del compromiso de identificar otra institución para la compra de las tierras concertadas).
2. Ofertas; si bien, muchos de los propietarios cuestionan el procedimiento por su forma de pago en bonos, 60%, y en efectivo, 40%, como por su lentitud para concretar los negocios, las ofertas se mantuvieron o renovaron.
3. Avalúos; lo avalúos de la Lonja privada se distancian substancialmente de los realizados por el IGAC.
4. Visitas técnicas; a pesar de la tardanza para que la institución ordenen este procedimiento se sabe que la mayoría de los predios cuentan ya con la visita técnica.
5. Estudios socioeconómicos; desde el año 1966, en Novirao, el gobierno colombiano se comprometió con la elaboración de estudios socioeconómicos que faltaban por realizar en 59 comunidades indígenas del departamento del Cauca y dar curso a los que ya estaban finalizados.
6. Calidad de la tierra.
7. Continuidad territorial.
8. Vigencia títulos coloniales (estudio de títulos)
9. Jornadas de concertación municipal.
10. Jornadas de concertación departamental.
11. Reglamentación Planes de Ordenamiento Territorial.
12. Negativa Consejos Municipales de Desarrollo Rural, CMDR.
Superados los problemas de presupuesto, se emprendió un plan de gestión que incluyó los procedimientos anteriormente descritos, lo cual hacía presumir que los predios concertados se adquirirían en los tiempos previstos, pero, tanto, el gobierno nacional como departamental iniciaron un despliegue informativo a través de medios de comunicación, bajo el argumento que existe oposición de otros sectores (campesinos, negros, hacendados, SAG e iglesia), para que no se le compren tierras a comunidades indígenas, en contravención con lo ordenado por la constitución nacional y las leyes vigentes en Colombia, consideración que utilizan las instituciones para no cumplir con lo pactado entre el Gobierno y las Comunidades Indígenas del Cauca.
Los argumentos usados por los voceros gubernamentales muestran la existencia de intereses económicos y estratégicos, así como la falta de voluntad política del gobierno actual para cumplir con las obligaciones adquiridas por el Estado Nacional con los pueblos indígenas en perspectiva de resolver la problemática de tierras identificada desde hace varias décadas por los pueblos indígenas. Las posiciones institucionales permiten pronosticar que así los pueblos indígenas nos esforcemos en continuar los procesos de diálogo y concertación, será imposible que el Estado atienda los compromisos que tiene para resolver la problemática de tierras identificada en los acuerdos, si el gobierno nacional no acoge los mandatos de la Constitución de 1991 tal como fueron planteados por la Asamblea Nacional Constituyente en el sentido de garantizar nuestro sagrado derecho a sanear el territorio que los antepasados nos legaron bajo el compromiso de proteger la Madre Tierra.
La situación empieza a tener visos de agotamiento, pues ante la carencia de respuestas efectivas del gobierno nacional a los acuerdos adquiridos, en especial del Convenio de diciembre 2005 que tiene metas claramente identificables, la presión de las comunidades indígenas se hace notoria; por lo cual las Autoridades tradicionales Zonales y la Consejería Mayor CRIC, han convocado un proceso de consulta y de asambleas permanentes en perspectiva de tomar decisiones conjuntas que indiquen el camino a seguir.
La palabra colectiva mostrará el camino y el proceder que debemos asumir los voceros de los pueblos indígenas en nuestras relaciones con las instituciones del Estado colombiano.
TOTORÓ (Caso Típico)
El resguardo indígena de Totoró posee Título colonial de 1.630, protocolizado en el año registrado; posee resolución de reestructuración con predios adquiridos y legalizados en 1991. En desarrollo de la recomposición territorial de las luchas indígenas el gobierno nacional adquirió el Compromiso en 1989, firmado por Carlos Ossa Escobar, gerente Nacional INCORA, de sanear el territorio amparado por el título de 1630, mediante compra de 5.182 hectáreas con destino a la comunidad indígena de Totoró, para ello el Incora compraría 1.200 hectáreas por año. Históricamente para el pueblo Totoró su reconocimiento como pueblo ancestral milenario es oficial del cual no se ha conocido otra ocupación territorial, de allí el nombre del mismo municipio. Sin embargo, a este pueblo se le niega el saneamiento y legalización de las tierras que están dentro de los límites del Título.
PROCEDIMIENTOS NORMATIVOS:
Decreto 2164 que entrega responsabilidad a Incoder compra de tierras para indígenas Esta situación siempre ha sido un impedimento para que los hacendados acepten la negociación pues los avalúos institucionales son desfavorables. Aparte, la forma de pago de 40% en efectivo y 60% en bonos no favorece el interés de los hacendados para ofertar los predios. Sin embargo para el caso de Totoró se registran más de 6 predios ofertados y que en su momento han aceptado los procedimientos institucionales
Presupuesto
Para agilizar el cumplimiento del decreto 982, se acordó una cantidad ocho mil millones de pesos con destino a la compra de ocho mil hectáreas que se adquirirían durante la vigencia 2006; esta situación tuvo en cuenta una serie de procesos que se adelantaban desde el año 2005, que habían sido concertados entre el Incoder y el CRIC.
Ofertas
Para el caso de las fincas San Miguel y Laguneta las ofertas están vigentes y listas para audiencia pública. Las cuales se han convocado pero todas han sido pospuestas como la programada para el día 7 de los presentes. Se cuenta con carta del apoderado especial los propietarios de las fincas mencionadas, en donde manifiesta que esta adquisición será una alternativa de paz y concordia para el municipio.
Avalúos
Por diferencias en los resultados encontradas en el avalúo del IGAC y la comercial, la Procuraduría Agraria había mostrado impedimentos; situación que ya fue superado y tiene visto bueno del Procurador
Visitas técnicas
Se realizaron dos visitas técnicas para mesura, dos para avalúos uno con la Lonja de Bogotá y otro por el Instituto Geográfico Agustín Codazzi.
Estudios socioeconómicos
El estudio se encuentra actualizado. Calidad de la tierra Se califica como buena Continuidad territorial El predio hace parte del Título original, es decir dentro del territorio tradicional Vigencia títulos coloniales (estudio de títulos)
Para la organización y las comunidades el título permanece vigente, aunque existe cuestionamiento del título por parte de las instituciones, sin embargo no se conoce que el Estado haya adelantado procedimientos o demandas de clarificación de la propiedad. Lo que se realizó fue un procedimiento de reestructuración en los años ochenta. De acuerdo al pronunciamiento del Consejo Jornadas de concertación municipal Aunque el CMDR es un instrumento para organización municipal no opera para asuntos de tierras, sin embargo, nuestras comunidades han adelantado procesos de concertación entre las comunidades campesinas de Aguas Vivas y Tabacos, con el Cabildo indígena de Totoró, como lo constata el acta de fecha mayo 6 del 2006.
Jornadas de concertación departamental
Al igual que el anterior este procedimiento no se ajusta a la normatividad de tierras, y mucho menos para comunidades indígenas, se participó de la reunión citada por la gobernación del Cauca donde no se presentaron oposiciones a los requerimientos de la comunidad indígena de Totoró, y se hicieron sugerencias que ya se tramitaron.
Reglamentación Planes de Ordenamiento Territorial.
Si bien en la elaboración de los Planes de Ordenamiento territorial se han incluido normas que impiden la compra o adquisiciones de tierras para comunidades indígenas, dicho procedimiento es contrario a la Constitución Nacional y en el caso de Totoró dicha figura no existe.
Superadas todas dificultades, o como diría algún funcionario, cumplidos todos los trámites, según informes de las comunidades indígenas de Totoró, el mismo Ministro del interior, Carlos Holguín Sardi, menciona que no se puede comprar por oposiciones de la SAG, mostrando así quiénes son los que dan las ordenes en Colombia.
Popayán, noviembre 27 de 2006 CONSEJERIA MAYOR CRIC