Guatemala: La creación de tribunales agrarios no viola la Constitución

2006-09-04 00:00:00

Plataforma Agraria exhorta a la Corte de Constitucionalidad para que declare improcedente el recurso de inconstitucionalidad que pretende derogar el Artículo 91 de la Ley del Registro de Información Catastral (RIC), que le indica a la Corte Suprema de Justicia crear los tribunales agrarios, ya que existe un fallo de la Corte de Constitucionalidad que confirma la validez de este artículo.

Exhorta al Congreso de la República de Guatemala, a la Corte Suprema de Justicia, a la Procuraduría General de la Nación y al Ministerio Público para que en el plazo establecido en la Ley de Amparo y en la Resolución de la Corte de Constitucionalidad del 31 de agosto del 2006, se presenten a audiencia y ratifiquen sus argumentos con relación a que no existe inconstitucionalidad para la creación de los tribunales agrarios.

Plataforma Agraria considera que es de suma importancia que la Corte Suprema de Justicia cree de inmediato los Tribunales Agrarios para que éstos se constituyan en instrumentos importantes para resolver sin violencia la conflictividad en el campo y por medio de los cuales mujeres y hombres puedan acceder a la justicia en condiciones de equidad.

Hacemos un llamado a las organizaciones sociales y demás sectores interesados en la creación de una nueva institucionalidad agraria para que unamos nuestros esfuerzos y luchemos para que la justicia y el desarrollo lleguen al campo.

Guatemala, 1 de septiembre de 2006