Hombres y Mujeres de Maíz

Revista: Derrotar al Movimiento Campesino…

2004-01-25 00:00:00

DERROTAR Y DESAPARECER AL MOVIMIENTO CAMPESINO ES UNA DE LAS OBSESIONES DEL PARTIDO SOCIALCRISTIANO. (*)

La Propuesta socialcristiana del abogado Nebot es un nuevo intento de privatización, velada y regionalista, de los fondos de jubilación, de reserva y cesantía y de las prestaciones de salud que continúa administrando el IESS, tras los reiterados fracasos que desde 1994 han tenido los intentos de reforma privatizadora del Seguro General Obligatorio.

Un actor clave y determinante en la historia de la resistencia a la privatización del IESS ha sido sin duda alguna la Confederación Nacional del Seguro Social Campesino, CONFEUNASSC-CNC,. Con la experiencia de las derrotas, el abogado Nebot, no tiene más remedio que incorporar dentro de su propuesta un texto y un planteamiento para el Seguro Social Campesino, toda vez que, producto de la lucha de los campesinos, está constitucionalmente establecida la unidad indisoluble del SSC respecto del Seguro General Obligatorio.

Siendo que, resulta absolutamente impresentable, cualquier propuesta que no considere a los afiliados al SSC en la misma, tenía que ser así en la propuesta socialcristiana del abogado Nebot, pero se trata “únicamente” de una coartada para intentar la desorientación de los campesinos, más no de una propuesta viable, consistente y que efectivamente “compita y mejore” las actuales prestaciones del SSC.

No es posible hablar más que de “promesas e intenciones” los planteamientos que constan en la mencionada propuesta, pues, careciendo de estudios técnico-actuariales que demuestren como va a ser técnica, financiera y administrativamente “sostenible” la propuesta, “únicamente” estamos hablando en el terreno de la especulación.

Sin embargo, considerando los textos que constan en el numeral 3.4 de la propuesta del SSS-MG anotamos los siguientes cuestionamientos y observaciones:

1.- El Afiliado al Seguro Social Campesino del cantón Guayaquil no tiene opción a escoger quedarse en el IESS: De acuerdo con el contenido de la propuesta, el campesino no está en situación de escoger entre el SSC del IESS o el que le ofrece el ab. Nebot, pues, los afiliados que estén dentro de la jurisdicción del cantón Guayaquil automáticamente serán incorporados al modelo municipal, sin consulta alguna. Esto atenta al ordenamiento constitucional que establece que el SSC es un régimen especial del IESS que incorpora progresivamente a las familias del campo y a los pequeños pescadores.

2.- Pero tampoco afiliará a todos los campesinos que residen en las parroquias rurales del cantón Guayaquil: Según la propuesta… “el SSS-MG recibirá afiliados al Seguro Social Campesino, hasta la misma proporción que tengan estos en el universo de afiliados al IESS en Guayaquil”, y a continuación dice que… “La afiliación al Seguro Social Campesino del SSS-MG, aplicará únicamente a los campesinos que prueben que viven y trabajan en esa actividad, en las parroquias rurales del cantón Guayaquil.”

Considerando que la propuesta Nebot únicamente integrará a aquellos afiliados de Guayaquil que constituyen la parte más rentable y el aporte más importante del Seguro General Obligatorio, que significan entre el 40 y 45% del total de afiliados de Guayaquil, se esperaría que apenas un porcentaje igual sean los posibles afiliados campesinos que se incorporen al modelo Nebot, y de estos (aún ya incorporados) se podría producir una depuración por efecto de la diversificación de actividades rurales (a consecuencia del desempleo y subempleo).
El planteamiento viola nuevamente la Constitución que establece que el único requisito de afiliación es la residencia (art.60) y no la actividad; pero además afectaría derechos adquiridos por los afiliados a lo largo de los años, independientemente de su actividad actual.

3.- Se debilitará la base financiera del Programa Nacional del Seguro Social Campesino: Puesto que los potenciales afiliados guayaquileños al Seguro de Nebot, son aquellos de mayores ingresos (que junto a otros iguales del resto del país son el 20% de afiliados que contribuye con el 80% de los recursos del Seguro Obligatorio) el monto de su porcentaje de contribución para el SSC de Nebot, le restará al Programa Nacional y de la provincia de Guayas una parte sustancial de sus actuales ingresos. Esto además de favorecer a la inequidad social, agravará la inequidad regional, pues, los más afectados serán los afiliados campesinos de las zonas apartadas del país, que tienen en el Seguro Social Campesino, la única base de protección para sus contingencias de salud.
Peor situación ocurriría si otros Municipios grandes solicitaran y obtuvieran las competencias supuestas por el Ab. Nebot , pues, la crisis financiera del SSC y su bancarrota sería inmediata. Pequeños y pobres municipios, que no tienen suficientes afiliados regulares al Seguro General Obligatorio, no podrían mantener el programa y tampoco lo podría hacer el IESS de producirse este desmembramiento

4.- Rompe con la estructura cantonal del SSC de Guayaquil, de la Provincia de Guayas y la estructura Nacional, afectando la escala del Programa del SSC y su sostenibilidad: El Programa del SSC construido a lo largo de tres décadas y media, sustenta su equilibrio financiero en la disminución de costos, gracias a la escala de atención (aproximadamente un millón de afiliados) que, de acuerdo a estudios realizados por varias instituciones (BID, OMS) es absolutamente eficiente. La propuesta de Nebot de romper la estructura cantonal de Guayaquil y abrir puertas a que otros Municipios realicen planteamientos similares, quebraría absolutamente el precario equilibrio del SSC y le llevaría a su extinción a corto plazo.

5.- Rompe la organización de afiliados, principal capital del SSC: Siendo el SSC un seguro colectivo, que establece convenios de afiliación con grupos comunitarios organizados, cuenta por ello con una extensa red social, que en el nivel del dispensario médico, contribuye efectivamente a realizar actividades de apoyo para el mantenimiento de la infraestructura, recoger los aportes de los afiliados, realizar programas de prevención, etc.. Y en el nivel provincial y nacional favorece el diálogo y la interlocución con las autoridades de la Institución en defensa de los derechos de los afiliados, y efectúa un conjunto de acciones para precautelar los intereses y causas nacionales. Esto se observó efectivamente durante el conflicto bélico con el Perú en 1995 cuando los afiliados campesinos se movilizaron por todo el país en solidaridad con los soldados que combatían en la frontera; e igualmente cuando en 1997 se produjo el fenómeno del niño, los afiliados llegaron hasta las zonas de desastre con alimentos, ropa y medicinas.

La propuesta del Seguro Municipal, romperá efectivamente con la organización colectiva, y establecerá formas individuales de relacionamiento para evitar que la fuerza de la organización campesina, asuma una actitud de interlocución y vigilancia como viene haciéndolo.

6.- Condena a los afiliados a aceptar modalidades “asistenciales” de servicio, con condiciones y calidad disminuidos: La diferencia entre un derecho y un programa asistencial es que el primero siendo parte del concepto de Estado Moderno, es exigible y susceptible de Contraloría Social, mientras el segundo, habiéndose originado en la beneficencia, no es exigible ni puede ser observado por los beneficiarios.

Dentro de la propuesta del SSS-MG se puede advertir el tinte “asistencial” que poseen las otras propuestas de seguro social guayaquileñas, “que son para pobres”, regentadas por fundaciones, etc. Más allá de estos aspectos que aún siendo formales tienen importancia, el aspecto sustancial es que la calidad de la atención primaria y el acceso a la atención de segundo y tercer nivel y de enfermedades catastróficas, quedará bastante limitada a las escasas disponibilidades financieras, sin posibilidades de exigencia, ni a nivel del ente municipal (la prepotencia y el autoritarismo con que se maneja el Municipio impediría la interlocución) ni a nivel nacional, pues, ya no se sería responsabilidad del IESS.

Es claro entonces que se deteriorarían los derechos que están consagrados en la Constitución, y se afectaría el ejercicio de los mismos, tanto en las prestaciones que actualmente ofrece el SSC, así como también, el derecho a exigir la financiación estatal, pues, según la Constitución, el SSC se financiará entre otras fuentes con…”las asignaciones fiscales que garanticen su fortalecimiento y desarrollo” (art. 60)

7.- Y que pasaría con el conjunto de las prestaciones de salud, jubilación, invalidez y muerte que constan en la Constitución como derechos de los Afiliados del SSC?: El escueto texto de la propuesta del SSS-MG que señala que…”otorgará en esta materia todas las prestaciones previstas en la ley y siempre que el IESS las preste real y efectivamente” es absolutamente oscuro, pues, si por negligencia el SSC no ha estado entregando medicinas, el Seguro de Nebot tampoco lo haría, si por deficiencias el IESS tiene retrasos en las transferencias médicas, también ocurrirá lo mismo en el Seguro de Nebot. Y en el caso de los jubilados, discapacitados e inhabilitados, cuáles son las condiciones en que se efectuará esta prestación? Está claro que en la propuesta del abogado Nebot la Constitución no contaría, pues, si el IESS incumple la Constitución, el SSS-MG indica que hará lo mismo.

CONCLUSION:

De este análisis sobre el corto texto que, acerca del SSC tiene la propuesta del SSS-MG se desprende que, ciertamente, los conceptos son imprecisos y discordantes con la Constitución, las propuestas tienen un nivel de generalidad absoluta, y constituyen apenas un pobre intento de tranquilizar la justificada preocupación de los campesinos afiliados.

Para la mentalidad de los inspiradores de la propuesta del SSS-MG, la Solidaridad no puede rebasar el concepto de Asistencia, y finalmente quisieran convertir al SSC en un programa de esa naturaleza, afectando en contenido y forma el derecho que constitucionalmente alcanzaron los campesinos a través de una lucha de grandes proporciones librada durante la Asamblea Constituyente. No se debe quitar a través de componendas aquello que se ha conquistado en duras jornadas y al costo de mucho esfuerzo y sacrificio.

(*) Fernando Buendía, integrante del Consejo Político Campesino CONFEUNASSC-CNC.