Contrafestejo al llamado
Movimiento indígena.
En la provincia de jujuy.
Afirmando nuestra memoria y Civilización Milenaria de los Pueblos Indígenas, el
12 de octubre de 1492, es el inicio de la invasión española y con esta la
incorporación, con la cruz, la espada y con millones de indios muertos, el
concepto individual y privado, el Capitalismo, en la organizaron de vida de los
pueblos, diferente al pensamiento la Filosofía de la Naturaleza Cósmica, que
sostenemos los Pueblos Indígenas, pues formamos parte de la naturaleza en todos
sus cuerpos energéticos dentro del Universo.
El 12 de Octubre de 1492, es una fecha triste para los Pueblos Indígenas, se
trastoca nuestro pensamiento al incorporarse un concepto que es la raíz del
egoísmo y la mezquindad, razón de la crisis terminal que padece gran parte de la
humanidad, dentro de ella, una de las cuestiones fundamentales es como se
"entrega" la tierra.
La Pachamama es el alimento, el abrigo, cobijo de todos los que formamos parte
de la diversidad de vida en el planeta tierra, esta actitud de privatizar la
tierra, se contrapone totalmente con el concepto de la Naturaleza, ella es
comunitaria y colectiva, ningún elemento prescinde del otro para generar vida.
Nosotros somos Sol, Tierra, Aire y Agua, formamos parte de estos elementos como
espíritus - energéticos puros del funcionamiento armónico y equilibrado del
planeta Tierra. Hoy vivimos un conflicto de profunda inestabilidad y una de sus
causas es la aplicación del concepto de propiedad privada sobre la distribución
de la Tierra, sobre ello y otras cuestiones nos manifestamos:
Al Estado Nacional y Provincial:
1) Exigimos el cumplimiento total por parte del Gobierno Nacional Y
Provincial del convenio 169, Pueblos indígenas de las Naciones Unidas, en
vigencia en Estado Argentino a partir del 3 de julio de 2001, el cual
dice:
Parte II. Tierras
Artículo 13
1. Al aplicar las disposiciones de esta parte del Convenio, los gobiernos
deberán respetar la importancia especial que para las culturas y valores
espirituales de los pueblos interesados reviste su relación con las tierras o
territorios, o con ambos, según los casos, que ocupan o utilizan de alguna otra
manera, y en particular los aspectos colectivos de esa relación.
2. La utilización del término en los artículos 15 y 16 deberá
incluir el concepto de territorios, lo que cubre la totalidad del hábitat de
las regiones que los pueblos interesados ocupan o utilizan de alguna otra
manera.
Artículo 14
1. Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de
posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los
casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de
las pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente
ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso
para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto,
deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómades
y de los agricultores itinerantes. "
Por cuento, toda entrega de tierras indígenas de la llamadas "fiscales" por
los gobiernos mencionados, sin consentimiento de los pueblos indígenas,
expresamos públicamente que no serán reconocidas y serán cuestionadas ante
la Naciones Unidas.
2) A través del Protocolo adicional aprobado por la Ley 52.031, el Gobierno
de Jujuy se comprometió en la entrega de tierras a los Hermanos de
Pueblo Guarani, con urgencia exigimos su cumplimiento, como así también
la mensura y titularización al resto de las comunidades indígenas
establecido por Convenio realizado entre la Nación y la Provincia en 1966,
estos actos deberán llevarse a cabo dentro del Convenio 169, Pueblos
Indígenas de las Naciones Unidas.
3) La normalización del Instituto Nacional de Asuntos Indígenas (INAI), debe
realizarse dentro del Marco del Convenio 169, Pueblos Indígenas de la
Naciones Unidas, con la Participación del Movimiento Indígena como
sostenedor del Pensamiento la Filosofía de la Naturaleza Cósmica.
4) La derogación del Decreto Nro. 7.112 del 11 de octubre de 1917, del
Gobierno de Hipólito Irigoyen, que declara "fiesta nacional" el 12 de
octubre como "Dia de la Raza", por ser de carácter discriminatorio, pues
privilegia la raza española sobre la única existente y reconocida por
nosotros los Indígenas, la Raza Humana, por lo que expresamos que no hay
cultura superior ni inferior, sino diferente.
5) El reconociendo del estado Argentino del año Nuevo Indígena, sobre el
ciclo solar, declarándolo "Feriado Nacional".
Al Estado Vaticano:
6) Ratificamos la exigencia de la derogación de la Bula Papal Intercetera
del 3 y 4 de mayo de 1493, que concede los territorios indígenas a la Corona
Española y Portugal, siendo este acto violatorio al Convenio 169, Pueblos
Indígena de la Naciones Unidas.
Propuesta de Trabajo:
7) La entrega de Tierras de Quera y Aguas Calientes del Pueblo de COCHINOCA,
Jujuy, en carácter Comunitario es el camino que tiene el Estado Argentino,
aunque es de parcial cumplimiento del Convenio 169.
8) El definir una persona como indígena no pasa por su color de piel, ni por su
nombre o apellido, sino por su definición como sostenedor del Pensamiento la
Filosofía de la Naturaleza Cósmica.
9) Apoyar el Proyecto de los Pueblos Indígenas en Tratamiento en las Naciones
Unidas, sobre la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas del Mundo.
10) Sostener y difundir el Proyecto Político del Movimiento Indígena en la
Provincia de Jujuy (MIJ), como así también , la Alianza Estratégica entre
comunidades e instituciones de los Pueblos Indígenas, aprobada por el
Parlamento del Pueblo Qullana Aymara (PPQA) sobre la base de sostener el
Pensamiento la Filosofía de la Naturaleza - Cósmica.
12) En este día de Lucha, tan caro a los sentimientos, el Movimiento Indígena en
la Provincia de Jujuy (MIJ), abraza a todos los Pueblos Indígenas en
Argentina, apoya y se solidariza con los Hermanos Indígena de este continente y
el Mundo.
Tilcara, 12 de Octubre de 2003
Consejo Indígena:
Centro Comunidad Indígena Kollas de la Puna (CIKPU)
Comunidad Indígena Peñas Blancas
Comunidad Aborigen de La Cueva
Comunidad Indígena Chorrillos
Comunidad Casillas
Comunidad Indígena de Chaupi Rodeo
Comunidad Kolla Los Airampos ( CKOA )
MUSOJ INTI - Iturbe
Comunidad Indígena Tilkara Willkiphuju ( COINTI )
Agrupación Mayra
Comunidad Aborigen Guaraní. San Pedro de Jujuy
Comunidad Wilkanina
Comunidad Aborigen Cofradía de las Animas
Comunidad Aborigen Chorcán
Comunidad Omaguaca
Comunidad Aborigen de Aparzo
Saturnino Mamaní. Orientador Indígena. MIJ – CIKPU
Gerónimo Alvarez Prado. Orientador Indígena. MIJ - COINTI