Declaración de Bilwi, Región Autónoma Atlántico Norte.
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Jornada por la defensa de la Autonomía y los Sistemas de Gobiernos Tradicionales (
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3 de Julio 2008)
Nosotr@s las organizaciones de base, representantes comunitarias, Comisión de Abogados Indígenas y étnicos, Universidades de las Regiones Autónomas, organización de personas con capacidades diferentes, los Pueblos Indígenas y Comunidades Étnicas, la Coordinadora de la Sociedad Civil de Bilwi y organizaciones de derechos humanos; reunidos en la Ciudad de Bilwi, Municipio de Puerto Cabezas, Región Autónoma Atlántico Norte, con el fin de considerar la importancia de proteger los derechos inherentes a los Pueblos Indígenas y Étnicas alcanzados.
Junt@s aunamos nuestras voces y como resultado de nuestras deliberaciones sobre la situación actual y futuro de nuestros Pueblos, declaramos los siguientes:
PREAMBULO:
Considerando, que la Declaración Universal de Derechos Humanos, proclama que todo ser humano nace libre e igual en dignidad y derecho y que todos y todas tenemos los mismos derechos y libertades expresadas en ellas, sin distinción de raza, género, color de piel, habilidad física o mental, religión o credo político.
Resaltamos, la importancia de la Declaración de la Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas; instrumento que ha venido a afirmar los derechos colectivos de los Pueblos Indígenas y consolidar la identificación y visibilidad del sujeto indígena.
Proclamamos a nuestro gran Creador, nuestro proveedor, nuestro protector, nuestra esencia de vida cierta y la fuente de todo nuestro poder.
Estamos Alarmados, sobre la manera infrahumana que aun viven nuestras comunidades indígenas afectadas por el Huracán Félix, por la falta de beligerancia del gobierno en el proceso de rehabilitación y la centralización de los recursos para la reconstrucción en las comunidades indígenas.
Preocupados, sobre los últimos acontecimientos de conflictos en nuestra Región Autónoma(RAAN) entre Pueblos Indígenas por la falta de liderazgo y conducción de nuestras autoridades para resolver los conflictos de forma pacífica.
Tomando en cuenta, que la Constitución Política de Nicaragua en su arto 46 reconoce los derechos inherentes a la persona humana, del irrestricto respeto, promoción y protección de los derechos humanos y de la plena vigencia de los derechos consignados en la Declaración Universal de los Derechos Humanos, el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, el Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales y en la Convención Americana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos.
Entendemos, que el Estado de Nicaragua y en particular las Autoridades de las Regiones Autónomas tienen el compromiso político de cumplir y hacer cumplir los principios y mandatos internacionales en materia de derechos humanos y derechos colectivos de los Pueblos Indígenas y las establecidas en la Constitución Política, el Estatuto de Autonomía (Ley No 28) y su Reglamento y la Ley de Régimen de la Propiedad Comunal (Ley No 445).
Reconocemos, que como Pueblos Indígenas y afro descendientes sufrimos el racismo y la discriminación racial, el genocidio, la colonización, la exclusión, la marginación y el despojo de nuestro territorio y recursos naturales.
Conscientes, que el Estado y las Autoridades de las Regiones Autónomas, deben respetar y promover los derechos intrínsecos que derivan de las estructuras organizativas, económicas, sociales, culturales y medioambientales, propias de los Pueblos indígenas y comunidades étnicas y de sus concepciones de acuerdo a su derecho consuetudinario
Instamos al Estado de Nicaragua, Gobierno y Consejos Regionales Autónomos:
· Que garanticen el proceso de Demarcación de manera ágil y expedita, de conformidad a la ley de la materia y los procedimientos aprobados para el ejercicio de este mandato, utilizando el principio de la Plena participación recogida de manera explicita en el arto 40, inciso (a), de la ley 445, así como la disposición de los fondos para los procesos diagnósticos establecidos. Y que hasta ahora se han recepcionado a través de nuestra instancia operativa la violación al ejercicio a la libre determinación y sobre todo el principio del Consentimiento Previo, libre e informado; habiendo dividido de manera arbitraria los territorios indígenas, sin la consulta de las comunidades indígenas.
· Exhortamos, al Estado que dentro de las reformas “profundas” al Estatuto de Autonomía, alerta a conciliarlo a la luz de las reivindicaciones históricas y aspiraciones legítimas de sus pueblos y comunidades, fortaleciendo los espacios propios y comunes para sus instituciones, autoridades y valores tradicionales, sin embargo este ha presentado algunas incongruencias en este sentido, y que constituye una profunda preocupación de las comunidades y sociedad civil organizada, la secretividad y el ámbito privado en donde se están redactando las propuestas, que en el fondo están llenas de contradicciones y que violentan los propios principios constitucionales y el marco legal internacional de los que el Estado de Nicaragua es signatario y de manera especial el de los derechos de los pueblos Indígena y comunidades étnicas. Por lo que demandamos al Gobierno de Nicaragua y al Consejo Regional Autónomo, poner un alto al procedimiento empleado e iniciar un proceso de consulta con las comunidades indígenas y étnico estableciendo el principio fundamental de los derechos humanos de los Pueblos Indígenas como es: el Consentimiento previo, libre e informado.
Desde ya la Pueblos Indígenas, Comunidades Étnicas y la Sociedad Civil Organizada se declara en observadores permanente de este proceso, en el que deben converger todos los principios y acciones programáticas contenidas en las legislaciones nacionales, y apegándose al estricto cumplimiento del procedimiento legal establecido para el proceso de las reformas. La nueva acción que involucra no solo a los gobernantes, sino que también a los gobernados en igualdad de condiciones en el marco de un Estado de Derecho.
· Que bajo el compromiso de gobernabilidad, democracia y buen gobierno en las Regiones Autónomas, todas las autoridades electas mediante sufragio universal, y las electas bajo sistemas tradicionales de elección dentro de los Tawan y las comunidades étnicas, deben respetar la unidad en la diversidad, para contribuir al avance de la autonomía y detener los constantes chantajes políticos de parte de los funcionarios del Gobierno y Consejo Regional para que las personas puedan participar en libertad de condiciones, sin presiones políticas.
Por lo tanto recomendamos: Al Estado, Gobierno y Organismos Nacionales e Internacionales:
A unir esfuerzos para observar el cumplimiento de arto 38 de la Ley de autonomía y el cumplimiento de los derechos consignados en la Constitución Política.
Disponernos en participar dentro del marco del respeto a las costumbres y tradiciones de las zonas socioculturales existentes dentro de las Regiones Autónomas y dentro de los mismos Pueblos indígenas y Comunidades étnicas, protagonistas del procesos de reforma y actores, actrices de su propio desarrollo.
A destinar los recursos necesarios para cumplir con el proceso de demarcación y titulación de las propiedades comunales sujetos de la Ley No 445.
Rechazar toda imposición que de manera explícita e implícita conlleve a la violación de los derechos fundamentales de las personas, Pueblos Indígenas y comunidades étnicas basado en modelos de vida distintos, intolerancias, negación de libertades y de dignidad de las personas.
Exhortamos al Consejo Regional de convocar a organismos de derechos humanos para que observen el proceso de consulta y redacción de las reformas a la ley 28 o estatutos de autonomía, y al procedimiento utilizado para la demarcación y titulación de las comunidades indígenas de conformidad a la ley 445.
Urgir al Estado Nicaragüense a propiciar el financiamiento necesario para el proceso de consulta previa e informada en las Comunidades para comenzar el proceso de reforma del Estatuto de Autonomía.
A observar nuevamente el principio de inclusión a los Pueblos Indígenas y comunidades étnicas como la base principal que integra la división político administrativo que sustenta el territorio.