Efectos de la guerra

Colombia: Indígenas detenidos y territorios afectados

2007-11-28 00:00:00

Dos detenidos políticos del pueblo indígena de Jebalá, municipio de Totoró, por causa del conflicto de tierras en Colombia y afectados territorios indígenas por efectos de la guerra.

Según informes de la comunidad, dos cabildantes del resguardo indígena de Jebalá fueron detenidos en su comunidad de forma violenta y arbitraria, sin orden de captura y violando el territorio tradicional indígena, por efectivos de la policía nacional, a las 10:30 de la mañana del día de hoy, martes 27 de noviembre de 2007, sin dar razón inicialmente del sitio a donde serían conducidos.

De acuerdo con las versiones de testigos, los efectivos de la policía nacional argumentaron al indagar los motivos de su acción que se llevaban a Manuel Santos Ossa, Alcalde Mayor del Cabildo y Arcenio Yunda Yunda, Comisario del mismo, por ser los promotores de la movilización indígena, por robar tierras y que si seguían persistiendo en esta acción los iban a matar.

Como se sabe por parte de la opinión pública, nuestras comunidades indígenas en el departamento del Cauca, de acuerdo con las indicaciones de nuestras autoridades espirituales y de las asambleas comunitarias, reactivaron acciones de ritualidad para la Liberación de la Madre Tierra, ante la amenaza que significa la aplicación del Estatuto Rural, aprobado por el Congreso Nacional, cuya mayoría de integrantes mantiene procesos jurídicos que los involucran con el paramilitarismo. Dichas acciones se realizan en los municipios de Piendamó, Totoró, Silvia, Caldono, Santander de Quilichao, Suárez, Caloto, Popayán y Morales en Cauca e Itaibe y Pitalito en el Huila con una presencia en cerca de 15 predios.

La retención de las autoridades indígenas de Jebalá se considera arbitraria y se entiende como una persecución y detención de carácter político, pues las leyes actuales de tierras, ambientales y de desarrollo de los derechos fundamentales contradicen los principios constitucionales y no han sido consultadas con los pueblos indígenas, como lo garantiza el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, OIT, aprobada en Colombia como ley 21 de 1991, por lo cual las comunidades indígenas continuaremos exigiendo nuestros derechos de conformidad con nuestras leyes ancestrales y de la filosofía popular sobre Reforma Agraria. Además el Estado colombiano no ha resuelto el problema de tierras existente en el país y frente al cual tiene demasiados intereses y compromisos incumplidos, convirtiéndose así en juez y parte del conflicto.

Por otra parte, se ha informado que en varios territorios indígenas del Cauca se han realizado acciones de guerra de forma indiscriminada por parte de las fuerzas militares del Estado colombiano, como en el caso de Mosoco, resguardo indígena de Tierradentro, municipio de Páez, donde se realizó un bombardeo en la vereda de Pisno, causado daños físicos a una de las viviendas del sector siendo afectados Javier Vigilio Mulcue, Enelia Vivas y los hermanos Leodan Ancizar y Mayerli Mulcué. Otro caso se registró en el resguardo de Huellas, Caloto, donde el helicóptero que recogía a los efectivos que hacían presencia en el sector destruyó una casa al momento de descender.

Las comunidades del territorio Sat Tama Kiwe de Caldono, presentes en la finca el Japio, alertan ante la presencia de cuatro fuerzas militares: los Esmad, La PM, la Policía Nacional, y el Ejército colombiano, quienes han manifestado que de hoy en adelante indígena que entre al Japio será fusilado.

En consecuencia la Consejería Mayor del CRIC, reclama:

1. Acción urgente de vigilancia de los entes de control para conocer si se observó un debido proceso en la detención de las dos autoridades indígenas del Cabildo de Jebalá.

2. Observación permanente de los organismos de derechos humanos del orden nacional e internacional ante el comportamiento institucional frente a los procesos de Ritualidad de liberación de la Madre Tierra, pues en Colombia la falta de neutralidad del gobierno colombiano hace que no se garanticen los derechos de los pueblos indígenas ni de los sectores populares, defienda los intereses del gran capital y promueva detenciones arbitrarias como las sucedidas con las dos autoridades indígenas de Jebalá.

3. Respeto a los territorios indígenas evitando bombardeos, allanamientos, así como realizar enfrentamientos armados dentro de los resguardos por ser zonas de paz y constitucionalmente propiedad de carácter colectivo.

4. Garantía a los derechos humanos, en especial al derecho a la vida y a la integridad de las personas movilizadas.

CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA –CRIC-

Parlamento Indígena, La María, Piendamó, noviembre 27 de 2007