TLC y Estado de Derecho

2004-08-31 00:00:00

La Facultad de Derecho de la UCR ha sido clara al manifestar recientemente
que el TLC pactado entre las administraciones Pacheco y Bush “contiene
aspectos que comprometen el futuro de nuestro Estado Social de Derecho, y
necesitan mayor maduración y discusión real por los y las costarricenses.”

Asimismo, su Consejo Universitario había declarado antes públicamente que
este TLC no es un instrumento comercial, sino “una temática que puede
significar la modificación sustantiva de la institucionalidad nacional y
del estilo de desarrollo históricamente consolidado por el pueblo
costarricense.”

Los universitarios concluyen que la votación legislativa del TLC debe
hacerse por mayoría calificada de 38 diputados. Su tesis la sustentan en
consideraciones que conviene repasar y comentar:

- El TLC remite vagamente a la legislación vigente para definir
el territorio nacional. No menciona expresamente lo que nuestra
Constitución denomina zócalo insular, suelo y subsuelo, comprendidos en la
zona exclusiva de 200 millas desde la costa y la isla del Coco. Esto
arroja dudas sobre nuestro dominio, socava la soberanía, y permitiría la
incontrolada explotación extranjera de los más valiosos y vastos recursos
marinos de que disponemos. Para mayor inseguridad jurídica, debe saberse
que EEUU no firmó la Convención del Mar de la ONU ni la Convención de
Viena sobre tratados; y es común que solo reconozca el Derecho
Internacional y sus compromisos a conveniencia, según la doctrina Henry
Kissinger.

- El TLC consagraría la creación de tribunales y otras instancias
supranacionales, como una Comisión de Libre Comercio con fuertes
atribuciones, incluso legislativas. Allí tendrían prioridad la letra del
TLC, el Derecho Comercial privado y el Derecho Internacional, por sobre
nuestra Constitución y demás leyes, bajo tribunales que operarían al
margen y por encima de los nuestros, al regirse en las controversias por
normas propias de organismos financieros foráneos, como el Banco Mundial,
donde el peso de EEUU y sus corporaciones transnacionales es
incontrastable.

- Cualquier inversionista extranjero podría obligar al Estado
costarricense a someterse a esas instancias extraterritoriales, para
enfrentar juicios arbitrales, sumarios y privados, con jueces extranjeros
y violación del principio de reciprocidad, al subordinarse el demandado a
la voluntad del demandante extranjero. Pues nuestro Estado no podría hacer
lo mismo respecto del inversionista, convertido en suprapoderoso e
incontrolado sujeto de Derecho Internacional.

- Los universitarios insisten que el TLC violaría múltiples
normas constitucionales importantes, especialmente en materia de propiedad
y expropiaciones. E introduce figuras jurídicas e institucionales ajenas a
nuestra tradición y ordenamiento jurídicos, como la de expropiación
indirecta y parcial; lo cual revela que exigirá la adopción de principios
y normativas del derecho norteamericano, ubicado en la tradición
anglosajona del Common Law, inasimilables y distorsionantes de nuestras
definiciones y prácticas legislativas y judiciales. Así sucedió en México
con un TLC semejante. Cabe preguntarse: ¿Queremos los costarricenses
seguir esos caminos del TLC? Aún tenemos tiempo para reflexionar, debatir
y decidir con conciencia lúcida y patriótica, como lo están haciendo los
universitarios.