Carta de protesta por los hechos de Guadalajara

2004-06-02 00:00:00

A LA SOCIEDAD CIVIL NACIONAL E INTERNACIONAL
A LOS MEDIOS DE PRENSA EN GENERAL
C. PRESIDENTE DE LA REPUBLICA VICENTE FOX QUESADA
C. GOBERNADOR DEL ESTADO DE JALISCO FRANCISCO RAMÍREZ
ACUÑA
C. PROCURADOR DE JUSTICIA DEL ESTADO DE JALISCO

Por medio del presente comunicado deseamos exponer las
brutales violaciones a los derechos humanos de las que
han sido sujetos todos los compañeros de las distintas
organizaciones sociales, así como la población civil
que estuvieron presentes en la ciudad de Guadalajara,
Jalisco, durante las manifestaciones que se llevaron a
cabo el día 28 de Mayo del presente año, en el marco de
las negociaciones de la tercera Cumbre de la Unión
Europea y América Latina y el Caribe (ALCUE), por lo
cual:

EXPONEMOS:

1.- Que los actos de intimidación y represión por parte
de los cuerpos policíacos y de seguridad Federales y
Estatales comenzaron desde días previos al desarrollo
de la tercera Cumbre de la Unión Europea y América
Latina y el Caribe (ALCUE), mediante una consistente
campaña de acoso continuo, no solamente hacia los
activistas de las distintas organizaciones sociales,
sino también a la sociedad civil, puesto que toda
persona que era vista usando vestimenta diferente, era
detenida e interrogada , violando con esto su derecho
al libre tránsito.

2.- El día 27 de mayo los compañeros que se encontraban
acampando en la plaza Juárez fueron objeto de un
secuestro colectivo, toda vez que sufrieron de
privación ilegal de la libertad durante un lapso de
ocho horas. El cerco comenzó a partir de las 20:00
prolongándose hasta las 3:00 de la madrugada del día
29.

3.- Durante las manifestaciones del día 28 de mayo,
alrededor de las 18:00 horas, sucedieron las siguientes
situaciones: la presencia de agentes policíacos
infiltrados y provocadores; el hecho de que los
policías antimotines que reprimieron las
manifestaciones eran miembros de la policía militar
(PFP) y militares vestidos de civil (por su forma de
actuar y estrategias de intimidación psicológica
altamente coordinada).

4. En la manifestación del día 28 se utilizaron armas
de dispersión no convencionales como gas pimienta,
gases lacrimógenos potenciados y espuma toxica, aunado
al uso de toletes para golpear excesivamente a los
compañeros.

5. Todos los arrestos se dieron de manera arbitraria y
con uso de violencia excesiva, a pesar de que los
detenidos durante la manifestación, no opusieron
resistencia, y de que los detenidos después de la
manifestación se retiraban de manera pacífica. Además
se implementaron redadas para la detención de toda
persona de apariencia joven y con vestimenta diferente.
Violando así su derecho al libre tránsito, a la
libertad de expresión así como el derecho de
manifestación.

6.- Así mismo denunciamos que una vez consumadas las
detenciones ilegales, ya que no se detuvo en flagrancia
a persona alguna, estas fueron remitidos a la
secretaria de seguridad publica del Estado, en medio de
constantes golpes por parte de los elementos
aprehensores, y durante un periodo de veinticuatro
horas las autoridades policíacas mantuvieron
desaparecidos a los detenidos al negarles toda
comunicación con persona alguna de su confianza y al
negar sistemáticamente que los tenían en su custodia.

7.- Ante la arbitraria actuación de las autoridades en
las detenciones ilegales de la población civil y de los
manifestantes; integrantes de la sociedad civil, así
como las distintas organizaciones que abajo firmamos,
acordamos realizar de forma pacifica un plantón frente
a la Secretaria de Seguridad del Estado de Jalisco el
día 29 de mayo a las 16.00, pues se tenían noticias de
que en ese lugar se mantenían detenidas a varias
personas, donde nuevamente se hicieron presentes: el
irracional y constante acoso por parte de la policía
(quienes se acercaban hasta la baya humana que
realizamos), la acción de provocadores que tenían la
intención de disolver el plantón (mediante la
infiltración de personal de la policía vestidos de
civil que se acercaban a insultarnos), así como las
acciones intimidatorias de los aparatos de seguridad
del Estado toda vez que durante todo el desarrollo del
plantón fuimos video grabados y fotografiados por
agentes policíacos; sin embargo este se llevo a cabo de
forma conciente y pacifica logrando que entrara una
comisión a dialogar al interior de la secretaria de
seguridad, misma que tubo como resultado la liberación
de diez personas (gracias a las cuales ahora contamos
con los testimonios de la situación de las personas que
continúan detenidas), una vez cuando estas ya se
encontraban en libertad se acordó que el plantón se
mantendría hasta que todos los detenidos fueran
liberados, fue entonces que a partir de ese momento las
agresiones por parte de la policía se incrementaron, y
al ver que ninguna de sus provocaciones funcionaba
optaron por lanzar un gran contingente de antimotines
en nuestra contra, por lo cual decidimos no
enfrentarnos y nos desplazamos hacia la plaza Juárez.

8.- La actual situación de los detenidos infringe
claramente la legalidad y viola los más elementales
derechos humanos:

- No se les ha suministrada agua ni alimento en las
ultimas treinta y seis horas.

- Se ha negado toda información a los familiares y o
personas de su confianza.

- No se les ha hecho saber cuales son los cargos en su
contra, ni quienes los acusan así como las pruebas que
existan en su contra.

- No se ha permitido el trabajo de los abogados en
defensa de los derechos de los encausados.

- Las autoridades no han proporcionado una relación
oficial de las personas detenidas.

- Los detenidos han sido objeto de amenazas y
agresiones físicas y verbales. Algunas mujeres fueron
obligadas a realizar ejercicios desnudas.

- Todas las personas detenidas fueron coaccionadas
mediante amenaza y presión para firmar una declaración
que no era de ellos.

- La Comisión Estatal de Derechos Humanos no ha
defendido (en ningún momento) las garantías
individuales de los Compañeros.

- El gobierno ha impuesto defensores de oficio que
actúan solo de manera testimonial.

- La única prueba que han presentado para su acusación
son los señalamientos directos de los elementos
aprehensores.

- Los pocos compañeros que han logrado ser liberados
han sido objeto de una campaña psicológica de
intimidación (como es el caso especifico de dos
compañeras que fueron seguidas hasta el hotel donde se
hospedaban).

- No se ha proporcionado atención medica adecuada a las
personas lesionadas que se encuentran detenidas,
teniéndose conocimiento incluso de personas detenidas
que requieren tomar medicamentos específicos y se les
han negado.

- Existen compañeros heridos de gravedad que no han
sido atendidos con oportunidad y que podrían
posteriormente presentar secuelas graves si no se les
presta atención adecuada (como es el caso de la
compañera Liliana Galavis López Tiene contusiones de un
diámetro de más de diez centímetros, una herida
considerable en la cabeza y otra en el mentón, aún no
sabemos que tan profundas son).

- Mientras que las autoridades afirman que todas las
personan que han sido consignadas al Ministerio Publico
son solamente aquellas a las que se les ha logrado
acreditar plenamente mediante pruebas la comisión de
alguna supuesta conducta ilícita, sin embargo se tiene
conocimiento a través de los familiares de varios
detenidos quienes ni siquiera tiene una participación
política o interés alguno en los movimientos sociales y
que tan solo tuvieron la mala fortuna encontrarse por
casualidad en las cercanías del lugar.

9.- Deseamos hacer del conocimiento de la sociedad
nacional e internacional los nombres de las personas y
compañeros detenidos que son los siguientes:

DANIEL ALEJANDRO OLVERA SULE (DISTRITO FEDERAL)
JESÚS MIGUEL RAMOS PARTIDA (GUADALAJARA )
JOSÉ MIGUEL GONZÁLEZ LÓPEZ (GUADALAJARA)
JUAN SALVADOR LARA PIÑA (CIUDAD JUÁREZ)
JORGE OCTAVIO CASTILLA GUTIÉRREZ (DISTRITO FEDERAL)
FREDDY JAVIER CARRILLO MÁRQUEZ (ZAPOPAN, JALISCO)
RICARDO ZALETA COLMENERO (GUADALAJARA)
JESÚS (¿JEARIM?) FERNÁNDEZ SAGREDO
ELSA HERNÁNDEZ ARGUELLO (DISTRITO FEDERAL)
EDGAR FLORES MURILLO
NORBERTO ALEJANDRO ULLOA MARTÍNEZ (MONTERREY)
MIGUEL ÁNGEL RAMÍREZ LÓPEZ (CULIACÁN)
RICARDO MEDINA RAMOS (TLAQUEPAQUE JALISCO)
JUAN CARLOS FLORES GONZÁLEZ (TLAQUEPAQUE JALISCO)
JUAN MANUEL BARRIOS GONZÁLEZ
SERGIO PÉREZ NEUFELD (GUADALAJARA)
JOSÉ MARTÍ GARCÍA ESPINOZA
JOSÉ CRUZ LUJAN SÁNCHEZ (MONTERREY NUEVO LEON)
MANUEL DE JESÚS PEREIRA ANGUIANO (JALISCO)
FRANCISCO FELIPE GARCÍA (VALLE DE BRAVO EDO DE
MÉXICO)
FRANCISCO DE JESÚS BECERRA VÁZQUEZ (GUADALAJARA)
JOSÉ LUIS ALEJO VÁZQUEZ (ZAPOPAN JALISCO)
GERARDO ERNESTO TREVIÑO OLVERA (CULIACÁN SINALOA)
GERARDO ALBERTO CORONA JIMÉNEZ (EDO DE MÉXICO)
MIGUEL ÁNGEL MEDINA HERNÁNDEZ (GUADALAJARA)
MAURICIO URIBE GARCÍA (EDO DE MÉXICO)
OSCAR CHÁVEZ CASTILLO (DISTRITO FEDERAL)
ADRIAN SIMÓN CHÁVEZ HERNÁNDEZ
JULIO CÉSAR GONZÁLEZ MARTÍNEZ
RAMIRO DANIEL FLORES PATRICIO (GUADALAJARA)
HAYDEE BERENICE GARCÍA RODRÍGUEZ
JAIME HUMBERTO CARRERO ACEVES (GUADALAJARA)
EDDY MARCELINO GARCÍA GÓMEZ (GUADALAJARA)
RAÚL MORALES CABALLERO (ZAPOPAN JALISCO)
ARTURO ROSAV FISERT (ZAPOPAN JALISCO)
JUAN MANUEL FLORES HERRERA (GUADALAJARA)
SALVADOR ARANDA RAMÍREZ (GUADALAJA)
MIGUEL ÁNGEL LEÓN (EL SALTO JALISCO)
DAGOBERTO RIVERA SERVÍN (TLAJOMULCO DE ZÚÑIGA
JALISCO)
LEONARDO ROSALES DELGADO
OSVALDO MONTES ASCENCIO (TONALA JALISCO)
LILIANA GALAVIS LÓPEZ (MONTERREY NUEVO LEON)
ALICIA ALEIDA TORRES BELMARES (MONTERREY NUEVO
LEON)
FELIPE DE JESÚS LANDEROS (GUADALAJARA)

Asi como los 8 estrangeros en proceso de deportacion:

Patrick Let (EU)
Silvia Ordaz Amor (España)
Matteo Zanotti (Italia)
John Dominguez Achalanda Vaso (España)
Maria Mar Dominguez (España)
Laloue Desperrier Roux (Canada)
Roxana Yanira Bestrin Fuentes (Australia)
Juan Francisco Maestre Morales (España)

10.- Tanto los derecho de procedimiento como de fondo
que han sido violentadas por las autoridades son las
siguientes:

Artículo 1°.- En los Estados Unidos Mexicanos todo
individuo gozará de las garantías que otorga esta
Constitución, las cuales no podrán restringirse ni
suspenderse, sino en los casos y con las condiciones
que ella misma establece... (las acciones represivas
del gobierno federal y estatal demuestran que durante
los hechos acontecidos el dia 28 de mayo del presente
año las garantías individuales que consignan esta
constitución fueron suspendidas de facto en la ciudad
de Guadalajara en perjuicio de los detenidos sin que
mediara el procedimiento que la misma constitución
señala para que estas pudieran ser restringidas o
suspendidas)

Artículo 6°.- La manifestación de las ideas no será
objeto de ninguna inquisición judicial o
administrativa... (en el caso del los compañeros que
fueron detenidos es evidentes que fueron objeto de un
arbitrario abuso de autoridad siendo reprimidos,
torturados y hostigados por el simple hecho de
manifestarse)

Artículo 9°.- No se podrá coartar el derecho de
asociarse o reunirse pacíficamente con cualquier objeto
lícito...

Artículo 11.- Todo hombre tiene derecho para entrar en
la República, salir de ella, viajar por su territorio y
mudar de residencia, sin necesidad de carta de
seguridad, pasaporte, salvoconducto u otros requisitos
semejantes... (violándose esta garantía mediante el
secuestro policiaco de que fueron objeto los jóvenes de
la plaza Juárez el día 27 de mayo)

Artículo 16.- Nadie puede ser molestado en su persona,
familia, domicilio, papeles o posesiones, sino en
virtud de mandamiento escrito de la autoridad
competente, que funde y motive la causa legal del
procedimiento...

No podrá librarse orden de aprehensión sino por la
autoridad judicial y sin que preceda denuncia o
querella de un hecho que la ley señale como delito,
sancionado cuando menos con pena privativa de libertad
y existan datos que acrediten el cuerpo del delito y
que hagan probable la responsabilidad del indiciado...

La autoridad que ejecute una orden judicial de
aprehensión, deberá poner al inculpado a disposición
del juez, sin dilación alguna y bajo su más estricta
responsabilidad. La contravención a lo anterior será
sancionada por la ley penal...

Ningún indiciado podrá ser retenido por el Ministerio
Público por más de cuarenta y ocho horas, plazo en que
deberá ordenarse su libertad o ponérsele a disposición
de la autoridad judicial... Todo abuso a lo
anteriormente dispuesto será sancionado por la ley
penal...

Artículo 20.- En todo proceso de orden penal, el
inculpado, la víctima o el ofendido, tendrán las
siguientes garantías:

A. Del inculpado:

I. Inmediatamente que lo solicite, el juez deberá
otorgarle la libertad provisional bajo caución, siempre
y cuando no se trate de delitos en que, por su
gravedad, la ley expresamente prohíba conceder este
beneficio...

II. No podrá ser obligado a declarar. Queda prohibida y
será sancionada por la ley penal, toda incomunicación,
intimidación o tortura. La confesión rendida ante
cualquier autoridad distinta del Ministerio Público o
del juez, o ante éstos sin la asistencia de su defensor
carecerá de todo valor probatorio;

III. Se le hará saber en audiencia pública, y dentro de
las cuarenta y ocho horas siguientes a su consignación
a la justicia, el nombre de su acusador y la naturaleza
y causa de la acusación, a fin de que conozca bien el
hecho punible que se le atribuye y pueda contestar el
cargo, rindiendo en este acto su declaración
preparatoria;

V. Se le recibirán los testigos y demás pruebas que
ofrezca, concediéndosele el tiempo que la ley estime
necesario al efecto y auxiliándosele para obtener la
comparecencia de las personas cuyo testimonio solicite,
siempre que se encuentren en el lugar del proceso;

VII. Le serán facilitados todos los datos que solicite
para su defensa y que consten en el proceso;

IX. Desde el inicio de su proceso será informado de los
derechos que en su favor consigna esta Constitución y
tendrá derecho a una defensa adecuada, por sí, por
abogado o por persona de su confianza. Si no quiere o
no puede nombrar defensor, después de haber sido
requerido para hacerlo, el juez le designará un
defensor de oficio. También tendrá derecho a que su
defensor comparezca en todos los actos del proceso y
éste tendrá obligación de hacerlo cuantas veces se le
requiera, y

Las garantías previstas en las fracciones I, V, VII y
IX también serán observadas durante la averiguación
previa, en los términos y con los requisitos y límites
que las leyes establezcan; lo previsto en la fracción
II no estará sujeto a condición alguna.

Por todo lo anteriormente expuesto

EXIGIMOS:

PRIMERO.- La liberación incondicional e inmediata de
todas y cada una de las personas detenidas así como la
anulación de todo proceso penal en su contra.

SEGUNDO.- Que las autoridades proporcionen una relación
verídica con todos los nombres de las personas
detenidas.

TERCERO.- El cese total e inmediato de todas las
acciones de hostigamiento de que han sido objeto los
detenidos así como sus familiares y de aquellos que han
logrado ser liberados.

CUARTO.- Exigimos que se garantice la integridad física
de todos los detenidos y el cese de inmediato de todas
las torturas a que están siendo sometidos.

QUINTO.- Las organizaciones que suscribimos el presente
desplegado, así como los familiares de los detenidos,
los hacemos directamente responsables al C. Presidente
de la Republica Vicente Fox Quezada así como al C.
Gobernador del Estado de Jalisco Francisco Ramírez
Acuña, de las vidas e integridad física de todas y cada
una de las personas detenidas así como de sus
familiares en cualquier momento, como parte de una
política represiva por parte del aparato de gobierno.

QUINTO.- Que se permita la actuación de los abogados
defensores de las personas detenidas.

Debido a todo lo anteriormente expuesto y en base las
experiencias que hemos vivido todas los integrantes
organizaciones firmantes y personas de la sociedad
civil podemos concluir que las acciones cometidas por
los gobiernos Federal y Estatal son parte de un estado
de guerra dirigido contra la población civil que
denotan claras practicas fascistas a la mas vieja
usanza.

Organizaciones firmantes:

FAMILIARES DE LOS DETENIDOS, COMITÉ EUREKA, ANAD,
FRENTE UNICO DE TRABAJADORES ACTIVOS JUBILADOS Y
PENSIONADOS, CONVERGENCIA SOCIALISTA, UNAM-PORMOTORA
NACIONAL, ENAH, CENTRAL UNITARIA DE TRABAJADORES,
CENTRO DE MEDIOS INDEPENDIENTES (CMI), COMITÉ PAVEL
GONZALEZ (UNAM), RED INSURGENTE CULTURA CON JUSTICIA,
CORDINADORA CONTINENTAL BOLIVARIANA, FRENTE ZAPATISTA,
COMUNA LIBERTARIA, TIANGUIS CULTURAL, CSAPN, RMALC,
OTRO MAYO EN GUADALAJARA, SINDICATO NACIONAL
REVOLUCIONARIO DE TRABAJADORES DE EUZKADI, COMITÉ
HERMANOS CEREZO, EX MILITANTES DEL MOVIMIENTO ARMADO
SOCIALISTA, PARTIDO COMUNISTA, COORDINADORA DE COLONIAS
POPULARES, FRENTE REVOLUCIONARIO DE ACCION PATRIOTICA,
PROMOTORA POR LA UNIDAD NACIONAL CONTRA EL
NEOLIBERALISMO, BRIGADA ESPARTACO JALISCO, ASHEVILLE
COMMUNITY RESOURCE CENTER (E.U.A), ASHEVILLE GLOBAL
REPORT (PERIODICO ORGANIZATION E.U.A.), MEDIA ISLAND
INTERNACIONAL (CENTRO DE ORGANIZACIÓN Y MEDIOS COMIDA
NO BOMBAS MTY. N.L. OLIMPIA, WASH. ESTADISS), COLECTIVO
ALTERNATIVO LIBERTARIO (MTY. N.L UNIDOS), COMITÉ DE
AMIGOS DE PUERTO RICO, UNIOS, NUEVA ORDEN MUNDIAL,
PARTIDO DEL TRABAJO, COLECTIVO REVUELTAS, CELULAS
AUTONOMAS, BARZON REGIONAL, NORMAL DE ATEQUIZA, AMIGOS
DE LA BARRANCA A.C.,

Favor de mandar esta carta como e-mail, añadiendo su
nombre o el de su organización a los siguientes correos
electrónicos:

Gobernador de Jalisco: Francisco Ramírez Acuña:
comunica@jalisco.gob.mx
jgutierm@jalisco.gob.mx
cflores@jalisco.gob.mx
amacias@jalisco.gob.mx
Presidente Vicente Fox Quesada:
vicente.fox.quesada@presidencia.gob.mx