Proclama del Comité Patriótico de la Provincia de Cartago
AL PUEBLO COSTARRICENSE Y
A LA COMUNIDAD INTERNACIONAL
En relación al proceso y al resultado del Referéndum realizado el 7 de octubre del 2007
CONSIDERANDO QUE:
1. El sufragio durante el Referendum NO OBEDECE A LA LIBRE ELECCIÓN PARA UN INMENSO NÚMERO DE CIUDADANOS, quienes no tuvieron oportunidad de ejercer su derecho a votar con libertad, y según su voluntad, al ser amenazados con el despido e intimidados por sus patronos, y al ser chantajeados por personeros del Gobierno, Alcaldes de Cartago, Paraíso y El Guarco y de las empresas privadas al ofrecerles a cambio de su voto a favor del TLC, dádivas de toda índole (becas a los guías, pago a fiscales, cupones a los transportistas, bonos de vivienda, comestibles, etc.) aprovechándose de sus necesidades económicas y pisoteando su dignidad, ante lo cual sobran las pruebas testimoniales y documentales de la compra de votos a personas humildes y necesitadas, según se pudo constatar en lugares como la Lima, Quircot, Manuel de Jesús Jiménez de Cartago y Llanos de Santa Lucía en Paraíso, dándose con esto una violación abierta a los artículos 152 inciso r) y 176 bis del Código Electoral Ley Nº1536; y el artículo 20 inciso a) de la Ley sobre Regulación del Referéndum Ley Nº8492);
2. El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) NO ESTABLECIÓ UNA EQUIDAD PUBLICITARIA, dejando en indefensión y absoluta desventaja económica a la Campaña del No, en un proceso tan trascendental, acentuando aún más la desigualdad de la contienda, mientras que el Gobierno repartía a manos llenas y a su antojo los dineros del pueblo costarricense para garantizar los votos necesarios para la aprobación del TLC (artículo 176 del Código Electoral sobre contribución del Estado);
3. Tanto el Gobierno como empresarios (actores primordiales del SI al TLC) ROMPIERON LA TREGUA publicitaria dictada por el TSE para los días anteriores al Referéndum, a vista y paciencia del Tribunal, en canales de televisión, diarios, emisoras radiales y perifoneos en las cabeceras de cantón, distribuyendo signos externos y dádivas, sin que los Magistrados y Magistraas contuvieran estos hechos;
4. Representantes de la Campaña del SI realizaron excesivos aportes económicos a su causa, habiéndose demostrado que algunas empresas SOBREPASARON NOTORIAMENTE EL MONTO ESTABLECIDO en la Ley sobre Regulación del Referéndum , violentando los artículo 20 inciso c), artículos 29 y 30 de la misma;
5. La intervención del Gobierno de los EE.UU, por medio de su SEÑOR EMBAJADOR, QUIEN DE MANERA ABIERTA SE MANTUVO HACIENDO CAMAPAÑA A FAVOR DEL TLC, no fue detenida por los señores Magistrados ni las señoras Magistradas, quienes evadiendo su responsabilidad de resolver contundente y oportunamente, se limitaron a remitir la denuncia al Ministerio de Relaciones Exteriores, faltando a toda ética y deber en tan importante materia y en contravención abierta al a artículo 20 b) de la Ley sobre Regulación del Referéndum;
6. El TSE NO REALIZÓ LA DIFUSIÓN DE UNA SÍNTESIS DEL TEXTO SOMETIDO A REFERÉNDUM , por medio de las estaciones de televisión, radio y periódicos, según lo establece el Artículo 19 de la Ley sobre Regulación del Referéndum;
7. LA CONVOCATORIA AL REFERÉNDUM NACE DEL PUEBLO Y LE FUE ARREBATADA POR EL GOBIERNO para articular su \"propia y particular convocatoria\". Desde ese momento el TSE evidencia su parcialidad (artículos 3 y 6 de la Ley sobre Regulación del Referéndum);
8. El memorándum del Diputado Sánchez y del Vicepresidente Casas, refleja con claridad la ESTRATEGIA DEL MIEDO Y EL TERRORISMO DE ESTADO que ya venía aplicando el Gobierno punto por punto, SITUACIÓN INACEPTABLE EN UN PREMIO NÓBEL DE LA PAZ y en el marco de uno de los procesos mas significativos de la democracia como es el referéndum;
9. Se RESTRINGIÓ CONSIDERABLEMENTE LA FUNCIÓN DE MUCHOS FISCALES DEL MOVIMIENTO DEL NO, por parte de los delegados del TSE, limitándoles en su labor de vigilar el proceso. Asimismo se evidenciaron serias irregularidades por parte de miembros de mesa delegados del TSE sobre la inducción a votar a favor del Sí en los llamados votos públicos. Además, fueron decenas de cartagineses que portando su cédula al día no pudieron emitir su sufragio por no aparecer inscritos en los padrones electorales.
10. Quedan demostradas las SERIAS VIOLACIONES A LA LEY SOBRE REGULACIÓN DEL REFERENDO LEY Nº8492 Y AL CÓDIGO ELECTORAL LEY Nº1536 , ante lo cual el Tribunal Supremo de Elecciones no se ha pronunciado, pese a tan graves anomalías y tampoco ha emprendido acciones disciplinarias hacia los infractores, lo que LESIONA SEVERAMENTE LA DEMOCRACIA COSTARRICENSE y que por la negligencia de no haber intervenido oportunamente, se coartó a la ciudadanía el derecho de participar en un proceso limpio y transparente, tal y como el pueblo de Costa Rica se lo merece;
Por tanto:
a) Desconocemos el proceso del Refendum y su resultado.
b) Demandamos la renuncia inmediata de los Magistrados y las Magistradas del Tribunal Supremo de Elecciones.
c) Apoyamos decididamente a los Diputados y Diputadas en la lucha contra las leyes de la Agenda de Implementación del TLC.
d) Mantenemos y fortalecemos el Comité Patriótico de Cartago como un instrumento de control político, de unidad y de lucha contra la corrupción, la salvaguarda de la democracia, la defensa de los derechos ciudadanos y la libre determinación de los y las costarricense.
Cartago, 10 de octubre del 2007