Sentencia de la corte popular de Mujeres del COPINH

2010-12-23 00:00:00

La Corte Popular de Mujeres, integrada por el Consejo Cívico de Organizaciones Populares e Indígenas de Honduras COPINH, Centro de Estudio de la Mujer CEM-H, Australianas y Australianos por la Democracia en Honduras, las Feministas en Resistencia, el Colectivo Italia Centro América CICA. Municipio de Intibucá, departamento de Intibucá 21 de diciembre del 2010.
 
Vista para dictar sentencia definitiva sobre las denuncias de violencia domestica (física, psicológica, económica y patrimonial), violencia intrafamiliar, discriminación por razón de genero (en la participación política de mujeres en los movimientos sociales, la desvalorización de las acciones realizadas por las mujeres, por condición de clase), amenazas a muerte por participación política social, explotación laboral, irresponsabilidad paterna, negación al derecho de tenencia de la tierra, racismo, uso de la imagen de la mujeres lencas, acoso sexual, violación sexual, calumnia y expropiación de los recursos naturales locales e comunitarios (ríos, tierras, bosques y otros) interpuestos por las mujeres de los departamentos de Lempira, La Paz e Intibucá en los municipios de Piraera, Candelaria, San Francisco, Jesus de Otoro, Santa Elena, Yamaranguila, Colomoncagua, La Esperanza, Chiligatoro, San Francisco de Opalaca y Siguatepeque.
 
CONSIDERANDO 1: que las mujeres hemos vivido históricamente bajo un sistema de opresión de genero, clase, edad, sexo y por pertenencia a pueblos indígenas ha generado múltiples dimensiones de desigualdad reforzadas por el sistema patriarcal y racista que impactan de manera diferenciada en la vida y cuerpo de las mujeres
 
CONSIDERANDO 2: que en el sistema patriarcal neoliberal no hay interés de las instituciones estatales para atender y dar seguimiento a las denuncias realizadas por mujeres que dando así impunes todos los femicidios y otros crimines hacia nosotras, enfrentándonos hacia una impunidad institucional que niega el reconocimiento del derecho al acceso de la justicia para las mujeres y sus mecanismos.
 
CONSIDERANDO 3: que en los últimos años la violencia contra las mujeres ha incrementado en gran escala, redoblándose la inseguridad de las mujeres tanto en el ámbito privado como en el publico
 
CONSIDERANDO 4: que en la actualidad como consecuencia de un golpe de estado nos enfrentamos hacia los grandes intereses de las transnacionales y ante un territorio militarizado que se manifiestan en otros tipos de violencia.
 
Por lo tanto la Corte de Mujeres falla:
 
ü      La identificación inmediata de los agresores para su reconocimiento y repudio publico ante la población, a través de los medios de comunicación locales y nacionales.
 
ü      La identificación inmediata de las empresas locales y nacionales donde no se reconozcan los derechos y garantías laborales fundamentales de las mujeres para promover la movilización social de condena hacia las mismas.
 
ü      La penalización de todo tipo de violencia contra las mujeres
 
ü      La convocatoria inmediata al movimiento social a la solidaridad y al Pueblo Lenca a la defensa y recuperación de sus territorios amenazados por las empresas y transnacionales
 
ü      Inmediata refundación de Honduras a través del proceso de la Asamblea Nacional Constituyente con una amplia participación de las mujeres y el reconocimiento de sus derechos
 
 
Cúmplase
 
Corte Popular de Mujeres del COPINH