Honduras: La xenofobia y la discriminación no pueden emanar de un Estado de Derecho
Frente a la actual crisis política que atraviesa nuestro país y en atención a nuestro mandato de promover, defender y garantizar el cumplimiento de los derechos de las personas migrantes y sus familiares, DENUNCIAMOS y CONDENAMOS las acciones xenofóbicas realizadas por los órganos de seguridad de Honduras al reprimir y detener arbitrariamente a ciudadanos nicaragüenses, sudamericanos y otros. Todas estas acciones muestran una franca violación e irrespeto de nuestra Constitución, los Tratados Internacionales de Derechos Humanos y la normativa interna de nuestro país.
Esta situación nos hace una vez más tomar por referencia las normas establecidas en la Declaración Universal de los Derechos Humanos en procura de la protección efectiva y plena de los derechos humanos de todos/as y la necesidad de asegurar el respeto a las libertades fundamentales, ante la suspensión de las garantías individuales que han colocado a la población en una situación de incertidumbre y temor.
Los mecanismos de naturaleza restrictiva constituyen una violación a los derechos humanos, no se puede avalar la aplicación de un conjunto de disposiciones que atentan contra el bienestar de la población, alentando asimismo, al racismo, la xenofobia, la discriminación e intolerancia, que se traduce en acciones represivas, creando el deterioro de nuestra sociedad.
Al mismo tiempo, hacemos un llamado para que se garantice la protección consular efectiva a migrantes en tránsito, especialmente a los niñas, niños y adolescentes, principalmente los no acompañados, las víctimas de trata de personas, los que se encuentran en condición de vulnerabilidad, quienes independientemente de la situación aguardan protección. El drama de las personas migrantes en condición irregular sólo podrá ser eficazmente tratado en medio de un espíritu de verdadera solidaridad con estas poblaciones.
Exigimos que Honduras como un Estado de Derecho asuma frente a la población migrante y sus familiares, la obligación de garantizar sus derechos fundamentales, los cuales ni aún en estados de sitio o excepción pueden violentarse ni restringirse.
Tegucigalpa, M.D.C. 3 de Julio 2009
Foro Nacional para las Migraciones en Honduras (FONAMIH)