Entrevista a Julio Raffo
Argentina: “La ley de Medios debería dejar más claro que las nuevas señales son del Estado”
Abogado de extensa y calificada trayectoria en el ámbito cultural, Raffo celebra que el Poder Ejecutivo impulse una nueva Ley de Medios, pero señala diversas falencias del anteproyecto con carácter constructivo y rigurosidad implacable. Advierte que “la apertura del mercado de radiodifusión a las empresas de telefonía es un tema político muy delicado”, sostiene que “los beneficios de la ampliación del espacio derivados de la digitalización deben ser de todos los ciudadanos” y arriesga una definición de cara al debate parlamentario: “en mi espacio político, que es Proyecto Sur, empujo que se la apoye, y creo que así será”.
Julio Raffo tiene un alto prestigio entre los realizadores locales. Abogado con amplia experiencia en el ámbito del cine nacional, participa actualmente de Proyecto Sur. El diputado nacional Claudio Lozano le pidió que examine el anteproyecto de Ley de Servicios Audiovisuales, que se propone reemplazar la ley de radiodifusión elaborada por la última dictadura y enmendada por los gobiernos democráticos posteriores. Después de estudiarla minuciosamente, apoya enfáticamente la existencia del proyecto pero critica algunos aspectos conceptuales de relevancia. Además, cuestiona una serie de puntos que, quiere creer, están mal redactados. “Es posible que Claudio proponga estas modificaciones en el Congreso”, señala Raffo. Un análisis esclarecedor sobre un tema fundamental para la salud y carácter democrático de la comunicación en Argentina.
—¿Cuál es su visión sobre el anteproyecto de ley del oficialismo nacional?
—El análisis pasa por tres planos. Primero, el plano político general: es muy bueno que el Poder Ejecutivo haya puesto de nuevo en el tapete el tema de la Ley de Radiodifusión. Hay que ser justos, De la Rúa ya en 2001 había enviado un proyecto de ley al Congreso, que no llegó a tratarse. Es importante que se busque modificar una ley sancionada por la dictadura y mantenida por todos los gobiernos posteriores, incluido Kirchner; todos esos gobiernos hicieron suyas las perversidades diseñadas por la dictadura en esa ley, diseñada únicamente para que la radiodifusión sea un negocio y una vía de comunicación para el Estado. Entonces, desde el punto de vista político, aplaudo esta decisión, y en mi espacio político que es Proyecto Sur, empujo que se la apoye, y creo que así será.
Ahora, hay algunos errores conceptuales. Serios. Este es el segundo plano del análisis; luego el tercero es el técnico jurídico. Errores conceptuales: no se defiende el espacio radioeléctrico como un espacio de dominio público, propiedad de todos los argentinos a través del Estado. Se parte legislando la actividad radio visual, pero no se dice (como en la Ley española o como se decía en el proyecto del 2001), que el espacio radioeléctrico es un espacio público, lo que quiere decir que es inajenable, imprescriptible y una serie de consecuencias jurídicas importantes.
La segunda cosa es que el proyecto prevé que cualquier persona que tenga un “interés legítimo” puede pedir que se cumpla la ley o participar de las audiencias públicas. Grave error conceptual, porque el “interés legítimo” restringe el derecho a esta participación a los que están directamente vinculados, los radio operadores, los que tienen licencias. En la reforma constitucional del ‘94 se hace aparecer la figura de los que tienen “derechos difusos”, que son todos los consumidores, todos los ciudadanos. La Ley debería decir que todos los ciudadanos, porque todos son consumidores de medios radioeléctricos, tienen derecho a pedir el cumplimiento de la ley y participar de las audiencias públicas. Técnicamente es una restricción muy severa acreditar interés legítimo.
Tercera cosa, muy delicada, es que esta ley prevé la apertura del mercado de radiodifusión a las empresas de telefonía, lo cual es un tema político muy delicado. Hay que ver las condiciones, los pliegos que se harán, hay que sacar la lupa y ver en detalle la propuesta operacional.
—Porque existe el riesgo de salir de un monopolio para ir camino a otro…
—Claro… Después está el tema de las reservas del espacio radioeléctrico, que están previstas para tres categorías: las estatales, las comerciales y las de organismos sin fines de lucro. Un tercio para cada una. Pero tiene dos grandes deficiencias. En primer lugar, dice que la autoridad de aplicación podrá destinar la frecuencia reservada para otra cosa. Está confuso. Dice que las frecuencias reservadas al tercer sector no pueden ser canceladas, pero sí reasignadas. Aunque sí pueden ser canceladas las reservadas para universidades públicas, no sé por qué. Además, se otorgan estas reservas, pero las grandes ciudades están saturadas. ¿Cómo se prevé recuperar estas reservas? El texto dice que se recuperarán “por extinción, caducidad de licencia o reasignación de banda de migración de acuerdo al estándar tecnológico a las nuevas reservas”. Pero en los últimos cincuenta años no se recuperó ninguna frecuencia en función de esto: nadie deja caducarlas ni extinguirlas. Esto quiere decir que con este mecanismo las sociedades sin fines de lucro tienen garantizado un espacio en la Puna o en el Valle de la Luna, pero en la Ciudad de Buenos Aires no se va a producir nunca.
—¿Esto no se modifica con la digitalización?
—Sí, pero hoy por hoy no está. Yo creo que una política coherente con el proyecto debería decir que no se renueva ninguna licencia que se venza, hasta tanto no se satisfagan reservas pendientes, o por lo menos darle prioridad a las organizaciones sin fines de lucro que se hayan presentado a pedirla. Si se vence, hay que barajar y dar de nuevo, sobre todo para ser coherente con lo que dice buscar la nueva ley.
A su vez, está la mal llamada renovación del plazo de licencias por diez años, porque el decreto de Kirchner no renovó, sino que estableció que se suspende por diez años el cómputo del plazo. Jurídicamente no es lo mismo. Yo creo que el proyecto debería decir que a partir de la sanción de la ley se comienza a contar el plazo de nuevo. Por un lado porque, por una cuestión de bien público, necesitamos que se venzan los plazos y se concursen de nuevo, para que compitan mejorando la calidad. Y por otro lado, porque el proyecto no prevé la suspensión del plazo, lo que significa que el poder Ejecutivo no cree que esté bien suspenderlos. Entonces, deberían anular el decreto de Néstor.
—Volviendo a la digitalización, ¿tiene expectativas al respecto?
—La digitalización implica que en el mismo lugar donde ahora hay un canal, pueden haber más. Y los canales dicen que esos nuevos espacios son suyos. Y quieren ocuparlos con información adicional. Por ejemplo, si pasan un partido de fútbol, en la otra señal pasan imágenes del público. Lo cierto es que se generan más señales. La Ley debería dejar más claro que las nuevas señales son del Estado, porque los beneficios de la ampliación del espacio derivados de la nueva tecnología deben ser de todos los ciudadanos. Como está hoy el proyecto, no queda muy claro.
—Las organizaciones sin fines de lucro, ¿están en condiciones de ocupar un tercio del espacio, de montar emisoras? ¿Podría acompañarse la Ley con un plan de estímulo y apoyo?
—En el proyecto están previstas también emisoras de baja potencia, lo cual es muy bueno. Dice “como excepción”, pero debería ser como fomento, porque las emisoras de baja potencia nacen muy vinculadas con la sociedad. Son pibes juntándose a emitir; son las pensadas no como el negocio de la radiodifusión sino como la pasión de la comunicación social. Más allá de eso, desde las Madres hasta Poder Ciudadano, hay muchos organismos con capacidad de montar emisoras.
—¿Cuáles son los errores técnicos que mencionaba al comienzo?
—Cuando se fijan las obligaciones de programación de contenidos, se establecen obligaciones para las emisoras estatales y para las privadas. Pero hay emisoras previstas que son no estatales y públicas, como la Iglesia. O sea que se omitió establecer obligaciones de contenido a las emisoras eclesiásticas. Calculo que será un error y no porque son sagradas.
Otro error técnico importante: este proyecto toma del proyecto del 2001 la cuota mínima obligatoria de pantalla de cine nacional en las emisoras. El artículo está casi textualmente copiado, pero omitieron una palabra: “nacional”. O sea que pueden cubrir la cuota obligada con la Warner, la Disney. Quiero creer que es un error.
Otra cuestión importante es la caducidad de las licencias. Las licencias pueden ser dadas a personas físicas o jurídicas. Una causa de caducidad es la muerte de las personas físicas; en tal caso, los herederos tienen un plazo para acreditar su idoneidad para continuar. En el proyecto de 2001 se establecían 180 días a partir de la muerte. En el actual no sé por qué se ponen 90 días a partir de la declaratoria de herederos, pero esa instancia puede tardar años, puede no hacerse nunca.
Otro problema es que la ley prevé en un punto que los tenedores de licencias tienen requisitos de asegurar interconexión, disponer opciones monopolizadoras y poner a disposición de los demás proveedores de servicio la información técnica. Pero se lo pide sólo a las organizaciones sin fines de lucro, ¿entonces las empresas comerciales sí pueden ser monopólicas? También quiero pensar que fue un error. Y también hay distinciones en las exigencias para otorgamiento de licencias. Exige que el postulante no tenga deudas ni con la AFIP, ni con la previsión social, las entidades sindicales y el COMFER. Pero eso es para personas físicas; cuando regula las exigencias para las personas jurídicas, dice que no tienen que deberle a la AFIP y al COMFER, solamente, o sea que sí pueden deberle a los sindicatos. Quiero creer que es un error, porque debe ser para todos igual, y si se quiere hacer excepciones, hagámoslas para las personas físicas, no para las jurídicas, es decir, beneficiemos a José Pérez, no a Canal 13.
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