Estado chileno atropella derechos de pueblo mapuche
Intervención de Jaime Valdés Aguayo de la Asociación Americana de Juristas
Comisión de Derechos Humanos. 61º período de sesiones- marzo / abril 2005
Tema 15 del orden del día.
Sr. Presidente:
A pocos meses de haber concluido el primer Decenio Internacional de las Poblaciones Indígenas del Mundo (Resolución de la Asamblea General 48/163 ) y del inicio del Segundo Decenio (Resolución 59/174) es necesario constatar que poco se ha avanzado en el cumplimiento de sus objetivos y en asegurar el respeto a los derechos humanos de los pueblos originarios. Los obstáculos principales se ha presentados en desencuentros conceptuales y estructurales en lo que se refiere a autodeterminación, pobreza, democracia, ciudadanía, poder, gobernabilidad, desarrollo, seguridad, etc.
La no aprobación del Proyecto de Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas revela (como bien lo refleja la Declaración de Morelos del 12-10-2004) la falta de voluntad política de los Estados. La ausencia de un instrumento internacional de esa envergadura alimenta la dispersión en la ejecución de políticas en el seno del Sistema de Naciones Unidas, los Estados y los gobiernos. Los avances que se han dado en el último decenio, se deben principalmente a la activa lucha promovida por las organizaciones y comunidades originarias, más que a compromisos reales y acciones efectivas destinadas a cumplir con las demandas y reivindicaciones históricas de los pueblos indígenas.
La globalización de la economía y la aplicación de políticas neoliberales -que sobreponen los intereses del capital sobre los intereses de los pueblos- han incrementado notablemente los riesgos. Además de la deuda histórica acumulada por los Estados nacionales y los Estados colonialistas con las poblaciones originarias, se suma la usurpación indiscriminada por parte de las grandes corporaciones transnacionales de extensos territorios ancestrales y de importancia geopolítica en los cuales implementan como práctica, el saqueo de los recursos naturales (como agua, bosques, biodiversidad, hidrocarburos, minerales, costas, etc.) y la apropiación indebida de la propiedad intelectual, el patrimonio cultural y científico de los pueblos indígenas.
Esta situación no solo viola los derechos humanos y las libertades fundamentales sino que pone en peligro incluso, la supervivencia de los pueblos. Es necesario estudiar detenidamente el papel y las responsabilidades de las empresas transnacionales -en su proceso de reconquista y en sus desmesurados intereses particulares, legitimados por tratados comerciales que subordinan a las propias soberanías de los Estados- en el deterioro de las condiciones de vida y de los derechos fundamentales de los pueblos originarios.
Valoramos positivamente en este 61º período de sesiones, los informes sobre Derechos Humanos y Cuestiones Indígenas de las misiones a Colombia y a Canadá (E/CN.4/2005/88/add.2 y E/CN.4/2005/88/Add.3 respectivamente) realizadas por el Relator Especial Sr. Rodolfo Stavenhagen. Ambos informes revelan una vez más, la deplorable situación de los pueblos en países con grandes contrastes en su nivel de desarrollo, pero que ratifican la falta de compromiso real para alcanzar soluciones permanentes y justas por parte de los Estados, mas allá del marco jurídico-legal o del desarrollo económico que hayan logrado.
La Asociación Americana de Juristas, manifiesta también su apoyo y se suma a las justas demandas de la Confederación de Nacionalidades Indígenas del Ecuador (CONAIE) en su justa lucha por el ejercicio de sus derechos.
Señor presidente:
Es de lamentar que en el Estado chileno se sigan cometiendo grandes atropellos a las libertades fundamentales de los pueblos originarios y en especial a la lucha reivindicativa y de los derechos históricos del pueblo mapuche. Las recomendaciones del Relator Especial y del Comité de los Derechos Económicos, Sociales y Culturales, han sido desatendidas. Una serie de misiones e informes de organismos internacionales y nacionales señalan sus preocupaciones y demuestran con casos concretos las serias violaciones a los derechos fundamentales. En estos se destacan la persecución política de organizaciones mapuche y sus dirigentes; secuestros y agresión a niños, mujeres y ancianos; represión desmesurada y brutalidad policíaca contra sus comunidades; aplicación de legislaciones penales inapropiadas y leyes injustas; violación al debido proceso y a la Convención Interamericana de DDHH; incumplimientos de acuerdos entre el Estado y el pueblo mapuche; promoción de racismo y desprecio a la cultura mapuche; encarcelamiento y condenas injustas; por mencionar algunas.
El estado chileno ha utilizado todo tipo de tácticas para criminalizar el conflicto de tierras y el derecho de autonomía del pueblo mapuche. La aplicación de la Ley Antiterrorista (altamente criticada por la comunidad internacional y por organismos de la ONU), la ley de Seguridad Interior del Estado y el desprestigio de sus acciones al tratar como delincuentes comunes a los luchadores sociales, forman parte de estas maniobras.
Las medidas que el Estado chileno ha tomado en materia indígena no promueven una solución real al conflicto y, por mucho esfuerzo que este haga en demostrar lo contrario (como el informe del mes de febrero de respuesta del gobierno de Chile a las recomendaciones del Relator Especial), estas están destinadas a generar un proceso para que los pueblos indígenas sean asimilados por a la sociedad chilena y asuman de una vez por todas, la cultura occidental como estilo de vida.
Debido a la falta de voluntad del Estado Chileno para solucionar el conflicto, el pasado tres de marzo, una delegación del pueblo mapuche debió recurrir al 122º período de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de la OEA en la cual presentó un informe, denunció las violaciones de los DDHH y solicitó formalmente medidas especiales como la de una misión en loco, que permita a los comisionados imponerse de la gravedad de la situación a fin de prevenir futuros conflictos.
Ante las injusticias cometidas contra el pueblo mapuche, el 7 de marzo pasado, seis prisioneros políticos de la Cárcel de la Ciudad de Angol han debido recurrir durante 25 días a acciones que ponen en peligro sus vidas, al realizar una huelga de hambre para demandar la libertad de todos los prisioneros políticos mapuche de las distintas cárceles del país; el cese de persecución a quienes están obligados a vivir en la clandestinidad y cierre de sus causas judiciales; el fin del hostigamiento de la policía a comunidades y la expulsión de las empresas forestales de los territorios mapuche.
La Corte Suprema de Justicia de Chile ha intervenido en tres ocasiones anulando los fallos de juicios que liberaban a imputados mapuche de toda implicancia en hechos relacionados con el conflicto. El más reciente se realizó día miércoles 6 de abril, al anular la decisión del Tribunal Oral de Temuco que absolvió a 8 comuneros mapuche vinculados a la Coordinadora Arauco Malleco, acusados de asociación “ilícita terrorista”. Situación que demuestra y ratifica una vez más, que el Estado chileno está dispuesto a recurrir a todos los medios para detener las justas demandas y reivindicaciones de los mapuche. La Corte Suprema emitió criterios en sus declaraciones que dejan sentado una eventual condena en los próximos juicios a los procesados.
Sr. Presidente:
Esta comisión debería buscar los mecanismos apropiados para que los Estados asuman con voluntad y compromiso político los objetivos del Segundo Decenio, la pronta aprobación del Proyecto de Convención y considerar seriamente medidas para establecer las responsabilidades de las corporaciones trasnacionales en el saqueo de los territorios ancestrales y violación de los derechos humanos de los pueblos indígenas.
En el caso de Chile, se debería considerar una segunda visita del Relator Especial, tomando en cuenta la solicitud de una misión en loco, introducida ante OEA por organizaciones mapuche y buscar mecanismos apropiados para que el actual gobierno asuma con seriedad el cumplimiento de las recomendaciones de las diferentes instancias de la ONU, los organismos internacionales y las organizaciones nacionales de derechos humanos.