Para negar derechos diferenciales de los Pueblos Indígenas

Gobierno del Cauca borra instituciones educativas indígenas

2010-04-28 00:00:00

Los medios de información indígena entregaron la noticia, el 23 de abril, que el Pueblo Nasa del Municipio de Inzá se encontraba realizando una Asamblea permanente, ante la decisión unilateral del gobierno departamental y de la secretaría de educación del Cauca de borrar del territorio de San Andrés a la institución Educativa Micro Empresarial de este Resguardo Indígena, mediante el decreto 0102 de abril del presente año, dizque porque “…los establecimientos asentados en estas parcialidades no aparecen en los oficios remitidos a esta cartera, sucritos por los funcionarios del ministerio del interior e Incoder”.
 
 Argumentan las Autoridades Tradicionales y las comunidades indígenas que se han establecido en asamblea plena permanente dentro las instalaciones de la sede principal, desde el entendido que ellos fueron quienes cedieron el terreno, ellos construyeron las instalaciones y ellos hicieron las gestiones para lograr su funcionamiento. Además, allí estudian sus hijos.
 
Aclaran los manifestantes que la Institución educativa cuenta con nueve sedes rurales cuyos alumnos son 100% Nasa Yuwe hablantes y que la Sede Principal queda en los alrededores del poblado de San Andrés, cuya población escolar de origen Nasa llega al 80%, mientras que el 20% es de origen campesino.
 
Otra situación a resaltar es que éste es el Centro educativo por excelencia de esta región indígena, pues allí realizan sus estudios de secundaria no solo los jóvenes de San Andrés de Pisimbalá, sino de una gran mayoría de estudiantes proveniente de los resguardos de Yaquivá, Calderas, Tumbichucue, Turmina, Tubxdxi´j, San Miguel, Santa Rosa y La Gaitana, entre otros.
 
Denunciaron los asambleístas que aprovechándose de la situación y para generar conflicto entre los comuneros, personas que se dijeron ser representantes de la Opic, junto con algunos funcionarios públicos, se intrometieron en la actividad con el objetivo de destruir el proceso organizativo y deslegitimar la justa actividad que desarrollan las Autoridades Tradicionales Indígenas del municipios de Inzá.
 
ANTECEDENTES:
 
Como respuesta a las diferentes iniciativas presentadas por las Autoridades Tradicionales y comunidades indígenas del departamento del Cauca, para hacer efectivo el derecho constitucional a la educación propia de los pueblos indígenas, se concertó con la secretaría de educación del departamento del Cauca, en el segundo semestre del año 2009, la realización de un estudio que identificara los establecimientos educativos situados en territorios indígenas y aquellos que atienden población mayoritariamente indígena.
 
El estudio, realizado en coordinación del CRIC, la Secretaria de Educación departamental y el Ministerio de Educación Nacional, fundamentó la emisión del decreto 0591-2009 que identificó los establecimientos educativos indígenas del departamento del Cauca, en donde quedaron identificadas tanto las 9 sedes educativas del resguardo de San Andrés de Pisimbalá como la sede principal de la Institución educativa, situada cerca del poblado. Por otra parte, la Secretaría de Educación del Cauca, hizo un acuerdo y la promesa ante las autoridades indígenas de Inzá de no definir rectoría de la institución educativa de San Andrés de Pisimbalá, hasta tanto las comunidades definieran y se concertara el nombre de la persona que ocuparía dicho cargo.
 
HECHOS:
 
Con fecha 12 de abril del 2010, por presión de la politiquería del departamento, la Secretaría de Educación del Cauca expidió el decreto 0102 del 2010 mediante el cual excluyó 32 establecimientos educativos que hacían parte del decreto 0591 de 2009, entre ellos la institución educativa del resguardo de San Andrés con todas sus 9 sedes. Previamente la Secretaría de Educación del Cauca, había nombrado de forma inconsulta como rectora de la institución Educativa Micro Empresarial de San Andrés a la señora Manuela Silva Cunacue, persona denunciada por las comunidades de inculcar sentimientos racistas en la región, quien se ha mostrado en contra del sistema educativo tradicional indígena y que con frecuencia ha emitido ataques contra las autoridades tradicionales indígenas y contra el proceso educativo que desarrolla el CRIC.
 
En consecuencia, han indicado las Autoridades Indígenas que se están adelantando acciones penales por falsedad en documento público y extralimitación de funciones contra los alcaldes de los municipios de San Sebastián, Totoró, Morales, Piendamó, Santander de Quilichao e Inzá, así como en contra el gobierno departamental.
 
De igual forma las Autoridades indígenas responsabilizan tanto a la alcaldía de Inzá como a la Secretaría de Educación del Cauca y en general al Gobierno departamental por estas acciones que promueven los conflictos sociales y la discriminación con los cuales ocasionan consecuencias graves para las comunidades.
 
El 23 de abril de los presentes, en horas de la madrugada, fue dejado un panfleto intimidatorio y amenazando “darles piso” a los profesores Germán Velasco y el comunero indígena Gentil Guejia, bajo el argumento de ser “sapos y lambones”, por apoyar “al CRI… (que) les ha matado a muchos”
 
Con misma fecha la Asociación de Cabildos Indígenas Juan Tama, del municipio de Inzá, remitió una convocatoria a la Secretaría de Educación del Cauca, requiriendo su presencia inmediata en la sede de la Institución Educativa Micro Empresarial del Resguardo de San Andrés, con el objetivo de hacer claridad sobre el desconocimiento a la propiedad colectiva de los territorios indígenas realizada por el Estado colombiano y exigiendo la derogatoria del decreto 0102 de 2010. Este requerimiento no ha sido atendido y voces institucionales han mencionado que no habrá ninguna derogatoria.
 
REQUERIMIENTOS:
 
 
 
Con una invitación a los medios de comunicación, a los organismos de control y a las instituciones defensoras de los derechos humanos del orden nacional e internacional, las autoridades y las comunidades indígenas de Tierradentro, han dirigido las siguientes reclamaciones al gobierno departamental:
 
1.       Derogar el decreto 0102 de 2010
 
2.       Dar cumplimiento al Acuerdo firmado por ministerio de Educación Nacional, en la Cabuyera el pasado 2 de febrero, donde se comprometió el Estado colombiano a no hacer ningún movimiento de personal docente, abstenerse de hacer traslados o contratar docentes distintos a los acordados por las autoridades y comunidades en las instituciones educativas ubicadas en Territorios indígenas.
 
Retiro de la rectora Manuela Silva Cunacue de la institución Educativa Micro Empresarial, Resguardo Indígena de San Andrés.
 
Nombrar de rectora a una persona que cuente con el aval de la comunidad
 
Que los gobiernos municipal y departamental respeten, reconozcan y promuevan la educación propia a que tienen derecho los pueblos indígenas.
 
Lo anterior se hace con base en el artículo 27 de la Ley 21 de 1991 (convenio 169 OIT), en los artículos 7, 8, 9, 10, 68, 70 y otros de la Carta Política Nacional; en los artículos 53 y otros subsiguientes de la ley 115 del 1994; en el artículo 4 del decreto 804 de 1995, y en la XIV Declaración de la ONU sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y las mismas normas donde se reconoce el derecho a la Consulta Previa, Libre e Informada. Pero principalmente en el decreto 0591 de 2009, que fue concertado con las Autoridades Tradicionales para garantizar el derecho a la educación propia y a la propiedad colectiva de los territorios indígenas.
 
Para la Consejería Mayor CRIC la decisión inconsulta de la Gobernación del Cauca, contra la Comunidad Nasa del resguardo de San Andrés de Pisimbalá tiene como objetivo continuar el exterminio cultural denunciado por la Corte Constitucional en el Auto 004 de 2008. Con decisiones como ésta el Estado colombiano vulnera al sujeto colectivo de derechos (Pueblos Indígenas) y atenta contra el componente fundamental de identidad cultural, autonomía y Territorio, contrariando normas internacionales como el convenio 169 de la OIT la declaración de Naciones Unidas sobre los Derechos de Los Pueblos Indígenas, la Constitución Política de Colombia y la ley 115, por lo cual llamamos a las instituciones de control del Estado y a los organismos de derechos humanos del orden internacional para que atiendan esta situación anómala y tomen los correctivos necesarios. De igual forma llamamos de forma urgente a la comunidad indígena y a los sectores sociales que comparten nuestra lucha por los derechos humanos e históricos de los pueblos indígenas para que continuemos en resistencia y persistamos de forma digna en la defensa de nuestra existencia como Pueblos con identidad milenaria.
 
Popayán, 28 de abril de 2010.
 
CONSEJERÍA MAYOR
 
CONSEJO REGIONAL INDÍGENA DEL CAUCA –CRIC-