Denuncian ante el CERD persecución contra pueblos indígenas argentinos
Informe Alternativo señala ausencia de una política de Estado para los pueblos indígenas, vulneración de sus derechos territoriales y criminalización de sus derechos.
Un conjunto de organizaciones de la sociedad civil de Argentina ha presentado un informe alternativo al del Estado ante la 76 Sesión del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial (CERD) de las Naciones Unidas, que se desarrolla desde el 15 de febrero hasta el 12 de marzo.
El Informe Alternativo ha sido elaborado por Abogados y Abogadas del Noroeste Argentino en Derechos Humanos y Estudios Sociales (ANDHES), el Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS) y el Observatorio de Derechos Humanos de Pueblos Indígenas. En él se da cuenta de los retrocesos, falencias y omisiones del Estado argentino en cuanto a su obligación de hacer efectivos los derechos contenidos en la Convención Internacional para la Eliminación de la Discriminación Racial, y se entrega propuestas de preguntas y recomendaciones específicas.
El documento advierte que la situación de disfrute de los derechos territoriales indígenas no sólo no ha progresado sino que, en muchos casos, ha registrado graves retrocesos. Además, no existe legislación adecuada a las pautas culturales de los pueblos indígenas. Esto genera obstáculos en el acceso a la justicia para los pueblos y comunidades y una inadecuada respuesta del Poder Judicial. Tampoco existen procedimientos efectivos de delimitación, demarcación y titulación de las tierras.
Otro problema señalado en el Informe es la escasa realización de las correspondientes consultas previas e informadas respecto de las medidas y proyectos que afectan la vida de las comunidades. Tanto en el orden federal como en los órdenes provinciales, no existen leyes que reglamenten el derecho a la consulta. Casi ninguna ley —sea de recursos naturales (minería, agua, ambiente, hidrocarburos), o de educación, salud, u otras posibles de afectar directamente a los pueblos indígenas— contempla mecanismos de consulta. Ello implica que el Estado no ha asumido la obligación de cristalizar este derecho.
Esta omisión es particularmente significativa respecto a los derechos indígenas a sus recursos naturales. Las leyes de minería e hidrocarburos sancionadas por el Estado federal no contemplan, en ningún caso, tales derechos, lo que favorece la intromisión inconsulta de empresas concesionarias en los territorios indígenas.
Finalmente, en innumerables situaciones, la respuesta estatal a los reclamos territoriales indígenas continúa siendo el desalojo, la represión y la persecución penal de los miembros de las comunidades. “Existe un proceso creciente de criminalización de la protesta y del reclamo indígena”, subraya el documento.
En síntesis, el Informe Alternativo de la sociedad civil denuncia la perpetuación de la impunidad respecto de los actos de discriminación racial contra los pueblos indígenas y la ausencia de una política de Estado para los pueblos indígenas en Argentina.
El documento, en lo relativo a los pueblos indígenas, propone finalmente que el CERD plantee las siguientes preguntas y recomendaciones al Estado.
Preguntas al Estado:
1. ¿Cuáles son las medidas que ha adoptado y/o pretende adoptar para evitar los desalojos de comunidades indígenas tanto por parte de funcionarios públicos como de particulares?
2. ¿Existen iniciativas legislativas tendientes a instaurar un procedimiento específico de demarcación y titulación de territorios indígenas, que resulte respetuoso de sus pautas culturales?
3. ¿Cuáles son las medidas que ha adoptado y/o pretende adoptar para prevenir actos de violencia contra los miembros de comunidades indígenas tanto por parte de funcionarios públicos como de particulares?
4. ¿Cuáles son las medidas que ha adoptado y/o pretende adoptar para asegurar el cumplimiento de la Convención y la legislación federal sobre indígenas en cada una de las provincias?
5. ¿Existen en la actualidad procedimientos institucionales a nivel federal y local tendientes a garantizar el derecho de consulta a las comunidades indígenas en el diseño y aplicación de políticas públicas? En caso de no existir, ¿existen iniciativas legislativas tendientes a reglamentar el efectivo ejercicio de este derecho?
6. ¿Qué medidas ha adoptado el Estado para garantizar la capacitación y la inserción de docentes indígenas en el sistema docente, especialmente dentro de los territorios indígenas?
7. ¿Qué medidas ha adoptado y adoptará para qué los alumnos indígenas puedan desarrollar su proceso educativo acorde a sus pautas culturales?
Recomendaciones al Estado:
1. Adopte mecanismos federales concretos y uniformes para asegurar que los pueblos indígenas puedan gozar en la práctica de sus derechos reconocidos en la Constitución Nacional y en las provinciales, el Convenio 169 de la OIT y la Declaración de Naciones Unidas sobre derechos de los Pueblos Indígenas.
2. Adopte medidas para evitar el desalojo de comunidades indígenas y garantizar el cumplimiento efectivo de las leyes de emergencia de la posesión y propiedad comunitaria indígena.
3. Ejecute todas las medidas tendientes a agilizar el proceso de relevamiento territorial, de manera de lograr construir un mapa de la situación de los territorios indígenas y poder actuar en consecuencia.
4. Adopte medidas para prevenir, investigar y sancionar los actos de violencia, las amenazas e intimidaciones contra los miembros de comunidades indígenas, tanto por parte de funcionarios públicos como de particulares.
5. Adopte medidas para instaurar un procedimiento específico de demarcación y titulación de territorios indígenas, que resulte respetuoso de sus pautas culturales.
6. Adopte medidas de acción positiva para favorecer la inserción de docentes indígenas en el sistema docente, especialmente dentro de los territorios indígenas.
7. Adopte medidas para que los cursos de capacitación para los docentes originarios sean diseñados, propuestos y sugeridos por los propios pueblos indígenas.
8. Adopte medidas para asegurar que las escuelas albergues, a la que asisten muchos alumnos indígenas, cuenten con personal capacitado y especializado.
Lima, 01 de marzo de 2010.
Coordinación General CAOI
COORDINADORA ANDINA DE ORGANIZACIONES INDÍGENAS – CAOI
Bolivia, Ecuador, Perú, Colombia, Chile, Argentina