¿Qué busca el gobierno con consultar a indígenas sobre extinta ley forestal?
La decisión del Gobierno Colombiano de retirar de las sesiones extraordinarias del Congreso de la República la discusión de la disfrazada “Ley Comercial Maderera” para consultar a los Pueblos Indígenas y las comunidades Afrodescendientes, plantea varios matices geopolíticos y estratégicos, en aras de legitimar y blindar las concesiones forestales empeñadas a los grandes mercaderes de los bosques del País.
Por un lado pretende convertir el Derecho Fundamental de los pueblos indígenas a tomar las decisiones autónomas respecto de su propia pervivencia cultural en una herramienta de legitimación del proyecto de extracción de los recursos naturales. Hay que recordar que el Gobierno Colombiano pretende entregar los bosques, montañas, paramos y selva que es donde se produce el agua que todos tomamos, el aire que todos respiramos y donde está la biodiversidad que por siempre hemos conservado para que sea vendida como mercancía en beneficio de un grupo reducido de multinacionales y que perjudica a la sociedad menos favorecida, a los campesinos, indígenas, a la madre naturaleza y a la sociedad en general.
Este afán no responde a una apuesta soberana planteada por la constitución política de Colombia de avanzar y garantizar la soberanía alimentaria de la sociedad en general, sino por el contrario responde a una exigencia de empresas multinacionales energéticas que asociadas con intereses de grupos empresariales nacionales pretenden concentrar la propiedad de la tierra despojando de lo poco que hemos conservado e impidiendo que avancemos en la consolidación de nuestros territorios.
De igual manera, el afán de hacer aprobar estas iniciativas responde a las exigencias de grupos de presión política en el orden nacional. No hay que olvidar que el recientemente aprobado Estatuto de Desarrollo Rural ha sido ampliamente criticado porque permitirá legalizar la propiedad de tierras que han sido arrebatadas violentamente a los campesinos, afro descendientes e indígenas por los grupos de paramilitares aparentemente desmovilizados. En el mismo sentido estos grupos han mantenido su poder político y económico en amplias zonas del país ahora quieren mantener el control territorial mediante asociaciones en empresas palmicultoras y madereras que requieren de este tipo de iniciativas legales.
Es necesario recalcar que no solo la Ley Forestal no se consulto con los Pueblos Indígenas, sino otras iniciativas legislativas impuestas por el Gobierno Colombiano como: el Estatuto de Desarrollo Rural, el Tratado de Libre Comercio (TLC), la Ley de Justicia y Paz, el Acto Legislativo de Reformas a las Transferencias y otras que están en curso como la Reforma al Código Minero, la reglamentación a las Servidumbres Mineras, las Áreas Protegidas, entre otras. La inquietud que nos planteamos es si el Gobierno va a consultar las iniciativas legislativas que ya se han aprobado a pupitrazo y las que están en curso, que afectan los derechos de los pueblos indígenas?.
Para ilustración de los Pueblos y organizaciones indígenas es necesario plantear que el marco Jurídico de la Consulta Previa se circunscribe en lo desarrollado en dos instrumentos jurídicos de carácter internacional: el Convenio 169 de la OIT, el cual establece que los Gobiernos deberán: “consultar a los pueblos indígenas mediante procedimientos apropiados, a través de sus instituciones representativas, de buena fe, de manera apropiada, con el propósito de llegar a un acuerdo entre las partes, siempre que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarnos directamente ”.
El otro instrumento es la reciente Declaración Universal de Derechos Humanos sobre Pueblos Indígenas, que va más allá, la cual establece que “los Estados celebrarán consultas y cooperarán de buena fe con los pueblos indígenas interesados por conducto de sus propias instituciones representativas a fin de obtener su consentimiento libre e informado antes de aprobar cualquier proyecto que afecte a sus tierras o territorios y otros recursos, particularmente en relación con el desarrollo, la utilización o la explotación de recursos minerales, hídricos o de otro tipo ”.
Por otra parte es necesario señalar la diligencia que el Gobierno ha demostrado en iniciativas legislativas que garantizan jurídicamente los intereses capitalistas y de las multinacionales, en tanto que, iniciativas planteadas desde los Pueblos indígenas y que a la vez son mandatos constitucionales como la expedición de la Ley Orgánica de Ordenamiento Territorial, no existe voluntad política por parte del Estado de expedir esta normatividad, hasta tanto no se ordene a través de leyes el territorio y los recursos de los Pueblos indígenas.
Llamamos a los Pueblos, organizaciones y autoridades de los Pueblos Indígenas del País, seguir reafirmando la posición de que el Gobierno Colombiano debe agotar todas y cada una de las instancias institucionales y propias establecidas para la relación con el gobierno Colombiano tales como la Mesa Permanente de Concertación y la Comisión Nacional de Territorios, las Autoridades Indígenas del Orden Nacional, regional y Local, con los cuales se deberán definir los procedimientos y acciones a desarrollar en los pueblos indígenas, en atención a los instrumentos internacionales ya mencionados, garantizando el reconocimiento y la protección de la diversidad étnica y cultural de la nación colombiana.
AUTORIDAD NACIONAL DE GOBIERNO INDIGENA – ONIC
“Por la Consolidación del Gobierno Propio, de los Pueblos Indígenas de Colombia”.