Naciones Unidas:

Situación actual de la Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas

2007-06-21 00:00:00

ANTECEDENTES

La Declaración de los Derechos Humanos de los Pueblos Indígenas es un Instrumento Internacional de Connotación política, que sirve para avanzar en el Reconocimiento, Promoción, Protección de los Derechos Individuales y Colectivos de los Pueblos Indígenas.

Desde que en 1985 el Grupo de Trabajo sobre las Poblaciones Indígenas en las Naciones Unidas comenzó la elaboración de un borrador de Declaración sobre los Derechos Indígenas, hasta el día de hoy la gran mayoría de nuestros pueblos indígenas no conocen la situación actual de esta declaración siendo ya (en palabras del relator especial) esta Declaración un marco de referencia obligado para todos los órganos de las Naciones Unidas y para los organismos internacionales de Derechos Humanos, incluyendo también en este marco a los Pueblos Indígenas.

Pero cuales son los antecedentes de la Declaración? Precisamente después que en 1985 se comenzara a elaborar el borrador por el Grupo de Trabajo (el grupo esta conformado por expertos independientes de los estados, es decir, intelectuales, docentes universitarios, investigadores y otros) no fue sino hasta 1993 que este borrador se completo para posteriormente ser enviado a la Comisión de Derechos Humanos para aprobarla (la comisiòn, que actualmente es llamado el Consejo de Derechos Humanos esta conformada por 53 miembros que si representan los intereses de los estados, es decir diplomáticos) quedando entonces ahora a la voluntad de los Estados dicha aprobación lo cual ha sido difícil ya que hay muchos puntos que a través de los años han sido polémicos como lo son la libre determinación, los derechos colectivos, el consentimiento previo, libre e informado y algunos aspectos de derechos territoriales. Entonces la Comisión de Derechos Humanos estableció un Grupo de Trabajo especial (el cual comienza en el ano1995) para analizar este borrador, modificar su contenido, los alcances de su aplicación, etc. y que después de completado el trabajo lo someta a la Asamblea General antes de la culminación del Decenio Internacional de Pueblos Indígenas, para ese momento que era en el año 2004, además de los estados algunas organizaciones indígenas con estatus consultivo (es decir después de un proceso reconocidos por la ONU) tuvieron participación en las reuniones de este grupo de trabajo.

Después de más de 20 años de estar discutiéndose la Declaración no fue sino hasta el año pasado, el 29 de Junio de 2006 cuando el Consejo de Derechos Humanos (en Ginebra) adopta la Declaración por 30 votos a favor, 2 en contra y 2 abstenciones, la votación fue la siguiente:

A FAVOR : AZERBAIJAN, BRAZIL, CAMERON, CHINA, CUBA, REPUBLICA CHECA, ECUADOR, FINLANDIA, FRANCIA, ALEMANIA, GUATEMALA, INDIA, INDONESIA, JAPON, MALASIA, MEXICO, HOLANDA, PAKISTAN, PERU, POLONIA, REPUBLICA DE KOREA, RUMANIS, ARABIA SAUDITA, SUDAFRICA, SRI LANKA, SUIZA, REINO UNIDO URUGUAY, ZAMBIA Y MAURITIUS.

EN CONTRA : CANADA Y RUSIA.

ABSTENCIONES : ALGERIA, ARGENTINA, BAHRAIN, BANGLADESH, GANA, JORDANIA MOROCCO, NIGERIA, FILIPINAS, SENEGAL TUNISIA Y UCRANIA.

AUSENTES : DJIBOTUI, GABON Y MALI.

El próximo paso era que la Asamblea General aprobara la Declaración tal y como fue presentada por el Consejo de Derechos Humanos, recordando que la Asamblea General esta conformada por los 191 países miembros de las Naciones Unidas perteneciéndole el tema de derechos humanos y de pueblos indígenas al tercer comité, el 28 de Noviembre de 2006 en la 61 Sesión de la Asamblea General de las Naciones Unidas ese Tercer Comité adopto una enmienda propuesta por el estado de Namibia en nombre del Grupo de los Estados Africanos por la cual el Comité decide retrasar la resolución que proponía la aprobación de la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas y tomar una acción antes del fin de la 61 sesión de la Asamblea General, es decir en Septiembre de este año 2007.

En la votación podemos observar como los países como Venezuela se abstuvo y Colombia estuvo en “contra” de la resolución en la cual se buscaba la adopción de la declaración, dicha votación fue la siguiente: Los que votaron se describen con la letra Y, significa que apoyaron las reformas Africanas, los que votaron N significa que quisieron se apruebe la declaración sin enmiendas inmediatamente y A los que se abstuvieron:

En el marco de las actividades del Foro Permanente sobre Cuestiones Indígenas en mayo del 2007 los países africanos presentaron a la presidenta de la Asamblea General una propuesta de enmiendas a la Declaración que contiene mas de 30 cambios al texto original. Tanto las organizaciones indígenas como los países co-patrocinadores han rechazado dicha propuesta. Actualmente esta en manos de la Presidenta de la Asamblea General los pasos a seguir asumiendo que tanto los países como Colombia, Nueva Zelanda entre otros solicitaron a través de una carta a la Presidenta, que se nombrara a un facilitador para las negociaciones de la Declaración, asumiendo que el termino negociación ya se presume como que se quisiera volver a revisar el texto cosa que no se debe permitir, la semana pasada se nombró al Embajador de Filipinas ante las Naciones Unidas, Hilario David como facilitador, ahora estamos en la espera de que este facilitador haga el llamado a la primera convocatoria de reunión y a su vez esperamos que en dicha reunión se defina los mecanismos de participación de los pueblos indígenas a fin de lograr que en este 62 período de sesiones de la Asamblea de Naciones Unidas, finalmente podamos lograr la adopción de la Declaración.

Hacemos un llamado a las organizaciones y movimientos indígenas del continente latinoamericano de Abya Yala que se pronuncien y envíen cartas a cada uno de los estados miembros de las Naciones Unidas dando apoyo a la Declaración de los Derechos de los Pueblos Indígenas.

Equipo de Apoyo del Conclave Indígena

Dialys Ehrman. Panamá
Jimai Montiel. Venezuela
Ana Lucia Teran Maigua. Ecuador
Jimai Montiel Calles
Abogado
Venezuela