<b>Los derechos sexuales son derechos humanos</b>

2004-07-16 00:00:00

Resolución de Comisión de Derechos Humanos de la ONU

Al finalizar su período de sesiones, la Comisión de Derechos Humanos de Naciones Unidas adoptó una trascendental resolución que significa el reconocimiento de los derechos sexuales como derechos humanos.

Incluimos íntegro el boletín informativo de Amnistía Internacional al respecto.

"Al tocar a su fin el periodo de sesiones de la Comisión de Derechos Humanos de la ONU, activistas y gobiernos afines han obtenido una importante victoria frente a reacciones adversas pactadas en contra de los derechos sexuales; victoria que ha quedado plasmada en la resolución adoptada por la Comisión en torno al tema de la violencia contra las mujeres y que viene a confirmar el derecho de las mujeres a ejercer el control y decidir con libertad y responsabilidad sobre cuestiones relativas a su sexualidad, como la salud sexual y reproductiva, sin ser sometidas a coacción, discriminación o violencia alguna. El texto había dado pie a polémica durante las negociaciones, pero finalmente fue aprobado con holgura".

"Los derechos sexuales son derechos humanos", afirmó Amnistía Internacional. "El foro de Naciones Unidas cuenta con un largo historial de defensa de asuntos relacionados con la sexualidad y los derechos humanos y esta herencia se mantendrá hasta que todas las personas tengan libertad para ejercer todos sus derechos humanos sin sufrir discriminación de clase alguna. Las vidas y la seguridad de innumerables personas en todo el mundo dependen de ello".

"La cuestión de los derechos sexuales se reveló como un tema común a varias de las resoluciones presentadas durante el periodo de sesiones de la Comisión en este año 2004. Paul Hunt, Relator Especial sobre el derecho a la salud física, señalaba en su informe de 2004 que "[...] la sexualidad es una característica que comparten todos los seres humanos. Es un aspecto fundamental de la dignidad del individuo y ayuda a definir a la persona" (E/CN.4.2004/49, apartado 54).

Sin embargo, también quedó demostrado que la cuestión de la sexualidad era utilizada por algunas delegaciones, entre ellas Estados Unidos, Egipto, Pakistán y Arabia Saudí, como la razón para intentar negar a los individuos el disfrute completo de sus derechos humanos, arguyendo que el Relator Especial se había excedido en su mandato al abordar estos temas".

"Amnistía Internacional declaró que "las delegaciones se habían acogido a interpretaciones del derecho internacional y habían recurrido a argumentos 'médicos' largo tiempo desestimados para eludir los motivos de preocupación relativos a los derechos sexuales. El simple hecho de volver a confirmar una redacción acordada previamente ha resultado ser un verdadero reto".

"A solicitud de Brasil, país que ha patrocinado la propuesta, se ha vuelto a posponer hasta el periodo de sesiones del año próximo el proyecto de resolución sobre los derechos humanos y la inclinación sexual, que únicamente pretendía confirmar derechos humanos establecidos desde hace tiempo en el derecho internacional. El aplazamiento ha estado motivado por la oposición de una serie de Estados que ponían en duda el hecho de que la cuestión de la orientación sexual tuviera algo que ver con la agenda de derechos humanos".

"Al igual que en años anteriores, algunos Estados pusieron objeciones a que la Comisión confirmara la obligación de los Estados de proteger el derecho a la vida de todas las personas que están bajo su jurisdicción, incluidas las personas a quienes se da muerte por razón de su orientación sexual. La resolución sobre ejecuciones extrajudiciales, sumarias y arbitrarias no fue aprobada hasta haberse celebrado previamente una votación promovida por Pakistán en nombre de la Organización de la Conferencia Islámica, con resultado negativo que finalmente no alteró el párrafo en cuestión".

"La resolución promovida por Canadá sobre la eliminación de la violencia contra las mujeres se aprobó igualmente por unanimidad, aunque hubo de resistir a dos enmiendas presentadas por Estados Unidos, que fueron rechazadas. El objetivo de las propuestas de enmienda era moderar la redacción del apartado sobre los servicios médicos de salud sexual y reproductiva y eliminar el apartado en el que se pedía a los Estados que ratificaran el Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, que reconoce que la violencia sexual, por ejemplo el acto de violación, puede constituir un crimen de guerra o un crimen de lesa humanidad".

"La Comisión de Derechos Humanos debe actuar a partir de los resultados de las investigaciones llevadas a cabo por los expertos en derechos humanos designados por ella misma, de los cuales el más reciente es el Relator Especial sobre el derecho a la salud, que señala en su informe que "una comprensión correcta de los principios fundamentales de los derechos humanos, así como de las normas existentes en esta materia, conduce inevitablemente al reconocimiento de los derechos sexuales como derechos humanos" (E/CN.4.2004/49, apartado 54)".

Información general

"La cuestión de la sexualidad y los derechos humanos, que engloba los aspectos de orientación sexual, identidad de género y salud sexual y reproductiva y todos los derechos asociados, ha sido tratada en varias resoluciones aprobadas en el 60º periodo de sesiones: ejecuciones extrajudiciales, sumarias o arbitrarias; violencia contra la mujer; el derecho de toda persona al disfrute del más alto nivel posible de salud física y mental y los derechos humanos y la inclinación sexual, habiendo quedado esta última aplazada hasta el año 2005".

"En el fallo emitido el 31 de marzo de 1994 en el caso Toonen contra Australia, el Comité de Derechos Humanos declaró que: "[…] a su juicio, se debe estimar que la referencia al 'sexo', que figura en el párrafo 1 del artículo 2 y en el artículo 26, incluye la inclinación sexual" (CCPR/C/50/D/488/1992 (Australia), de fecha 4 de abril de 1992, apartado 8.7). El Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales también ha abordado en repetidas ocasiones la cuestión de qué consecuencias tiene la discriminación basada en la orientación sexual en el disfrute de los derechos económicos, sociales y culturales.

Ambos órganos de vigilancia llevan años pidiendo a los gobiernos que pongan fin a las violaciones basadas en la orientación sexual, que abarca realidades que van desde la penalización de la homosexualidad en las leyes a la discriminación laboral. Todos los órganos de vigilancia de los tratados de la ONU y muchos relatores especiales han abordado el tema de las violaciones de derechos humanos basadas en la orientación sexual o en la identidad de género.

El Relator Especial sobre el derecho a la salud dedicó el grueso de su informe de 2004 (E/CN.4/2004/49, de fecha 16 de febrero 2004) a temas relativos a la salud sexual y reproductiva y los derechos asociados".