Elementos para un Programa de Acción

Migración, refugiados y xenofobia

2001-01-31 00:00:00

Nota Introductoria

Este borrador intenta ser una contribución para los programas de acción regionales e internacionales para tratar la discriminación y la xenofobia, particularmente dirigida contra los migrantes, refugiados y otros no nacionales. Compilado por Migrants Rights International, se incorpora las contribuciones de varias organizaciones internacionales no gubernamentales con larga experiencia en el campo, incluyendo a Human Rights Watch, la Confederación Internacional de Sindicatos Libres y la Comisión Internacional de Juristas, también como las perspectivas de la Oficina Internacional de Trabajo. Se ha incorporado material considerable de la Declaración de Ministros, las Conclusiones y Recomendaciones, y las Conclusiones de las ONG de la Conferencia Regional Europea contra el Racismo que tuvo lugar en Estrasburgo, 11-13 de Octubre del 2000. Este borrador es un intento para elaborar un enfoque coherente y comprensivo para la acción sobre la discriminación y la xenofobia; se espera que tal enfoque pueda eventualmente asistir en la definición de políticas nacionales, estrategias y acciones. Esto es presentado como un trabajo en progreso. Sugerencias y contribuciones para fortalecerlo son bienvenidos. Por favor, envíe sus comentarios a MRI por correo electrónico a o por fax al +41-22 917 78 10. Este documento existe también en Anglais y Francés.

Contenido

1. La creciente hostilidad racista y xenofóba dirigida a los no nacionales, incluyendo migrantes, refugiados, solicitantes de asilo, personas desplazadas y otros extranjeros es reconozida como una seria expresión de la negación de los derechos humanos, la dignidad humana y la seguridad.

2. Las manifestaciones incluyen: · Incitación y acciones manifiestas de exclusión, hostilidad y violencia contra las personas, explícitamente basadas en el estatus que se percibe en ellos como extranjeros o no nacionales; · Discriminación contra extranjeros en el empleo, alojamiento, cuidado de la salud y otros aspectos de interacción en la sociedad civil; · Asociación de los migrantes, inmigrantes, refugiados y personas desplazadas con el crimen y la criminalidad, y la utilización de la terminología de ilegalidad para caracterizar a las personas; · Aplicación restringida de la protección de los derechos humanos básicos y legales para los no nacionales en las leyes y procedimientos de los estados; restricciones usualmente acentuadas para los extranjeros presentes sin autorización para entrar o permanecer o ser empleados en ese territorio.

3. La migración y el trato a los migrantes se ha convertido en una preocupación mayor. Ciertos aspectos de la globalización han llevado al deterioro de las condiciones económicas y sociales en algunos países, resultando en la profundización de la exclusión social y el aumento de las presiones migratorias. Las tensiones y manifestaciones de racismo y xenofobia son fomentadas por las severas desigualdades económicas y la marginalización de las personas del acceso a las condiciones económicas y sociales básicas. Especialmente el blanco son los migrantes, refugiados, personas desplazadas, y los no nacionales: aquellos que son vistos como personas de afuera o extranjeros.

4. El aumento de la violencia racista y la xenofobia contra los migrantes y refugiados es alimentada por las políticas inmigratorias restrictivas; las interpretaciones limitadas de las obligaciones del gobierno para proteger a los refugiados; la resultante dependencia por todas las categorías de migrantes en los frecuentos medios clandestinos de entrada; la resultante criminalización de los llamados migrantes ilegales; la estigmatización de los refugiados como "falsos solicitantes de asilo"; y el uso como chivos expiatorios a los migrantes y refugiados, acusandoles der ser criminales y la causa del desempleo.

Principios

5. Tres principios fundamentales deberían ser la base del trato no discriminatorio de los migrantes, refugiados, solicitantes de asilo, personas desplazadas y otros no nacionales en todos los Estados:
· Primero es el reconocimiento y la validación que casi todos los países hoy en día son de hecho multiculturales, con diversidad de identidad racial y de étnica, culturas, idiomas, tradiciones, creencias religiosas y orígenes nacionales, contribuyendo así a la identidad y desarrollo de cada sociedad. El multiculturalismo y el respeto de los valores e identidades de los demás deberá ser mantenido y promocionado como valores fundamentales contemporáneos.
· En segundo lugar, la valoralización y la extensión a todas las personas de los universalmente reconocidos derechos humanos deberá servir como base fundamental del derecho, de la política y de la práctica por todos los actores en los Estados y la sociedad, gubernamental y no gubernamental.
· Terceramente, las reglas de derecho deberán permanecer como base esencial de cada Estado y sociedad, para fortalecer los valores democráticos y para servir como garante esencial de la democracia, de la responsabilidad y del acceso a la justicia para todos.

Estrategia Nacional

6. Un enfuerzo estratégicamente enfocado, multi-facético y a largo plazo es esencial para combatir efectivamente el racismo y la xenofobia. Todos los países deberían elaborar políticas nacionales y planes estratégicos para tratar el racismo y la xenofobia. Tales planes y políticas, con el fin de proteger a los no nacionales como también a otros, debería contener elementos para:
· Adoptar, implementar y cumplir completamente con los estándares internacionales relevantes que explícitamente aseguran la no discriminación y la protección de los derechos básicos y la dignidad de todas las personas, incluyendo migrantes, refugiados y otros extranjeros presentes en el territorio de cada Estado.
· Hacer ilegal, políticamente costoso y socialmente inaceptable la expresión de comportamientos y acciones racistas y xenofóbas.
· Formular y popularizar validaciones de multiculturalismo, respeto a la diversidad y el reconocimiento de las contribuciones positivas de la migración en cada nación.
· Establecer e implementar políticas, procedimientos y mecanismos específicos en todos los gobiernos, sector privado y las instituciones de la sociedad civil para prevenir la discriminación, cambio de actitudes, proveer de remedios efectivos y asegurar las operaciones y relaciones no discriminatorias.
· Fomentar el liderazgo político efectivo contra la discriminación y por la igualdad de oportunidades de parte de los individuos y organizaciones direigentes o influyentes en todos los sectores. Esto debe incluyir a los políticos y los líderes de los partidos políticos, los dirigentes de gobierno, los parlamentarios, los dirigentes empresariales, y los líderes y organizaciones de sindicatos, religiosos, y de la sociedad civil, así como a las personalidades deportivas, artísticas y culturales.
· Asegurar la educación pública activa, aumentando la conciencia y las actividades informativas y las campañas, a través de instituciones educativas, medios de comunicación, procesos políticos, el Internet, y cualquier otro medio e instituciones.

Estrategia Nacional y Planes de Acción

7. Medidas específicas relativas al tratamiento de los no nacionales y los pasos para combatir la xenofobia deberían ser incluídos en la elaboración e implementación de estrategias nacionales y planes de acción para combatir el racismo y la xenofobia.

8. Tales planes deberían ser elaborados en consulta directa con los representates de los grupos y poblaciones afectadas, y deberían ser implementados en asociación con la sociedad civil.

9. Los procesos consultivos nacionales deberían ser establecidos incorporando a los representantes de todos los ministerios de gobierno y departamentos preocupados para crear, coordinar y monitorear la implementación de las estrategias nacionales, políticas y programas para combatir el racismo y la xenofobia y promover el multiculturalismo. La participación de las organizaciones de la sociedad civil y los organismos internacionales relevantes deberían ser incluídos en esto.

10. La convocación a un foro consultivo nacional de la sociedad civil debería ser considerado en cada país para facilitar el intercambio de información, coordinación y posibles perspectivas comunes sobre el racismo, la xenofobia u otra discriminación. Tal foro debería asegurar la inclusión de la participación de los migrantes y refugiados así como de ONGs interesadas, organizaciones religiosas, sindicatos y asociaciones de empleadores. Aplicación de Normas Internacionales como Base Política

11. Todos los Estados deberián firmar y ratificar o acceder, e implementar completamente los instrumentos internacionales y regionales elaborados para tratar la discriminación contra y el trato de extranjeros, particularmente migrantes y refugiados. Donde sea necesaio, la legislación y jursiprudencia debería ser revisada para asegurar el acuerdo con los estándares internacionales relevantes. Los instrumentos internacionales mayormente relevantes son:
· Convención de las NU para la Eliminación del Racismo y la Discriminación Racial
· Convención 111 de la OIT sobre Discriminación · Convención de 1951 y el Protocolo de 1967 relativo al Estatus de los Refugiados · Convención Internacional de 1990 sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y Miembros de sus Familias
· Convenciones 97 y 143 de la OIT sobre la Protección de los Trabajadores Migrantes
· Convención 87 de la OIT sobre la Libertad de Asociación
· Convención 98 de la OIT sobre el Derecho para Organizarse
· Convención 138 de la OIT sobre la Edad Mínima
· Convención 182 de la OIT sobre las Peores Formas de Trabajo para Menores La
· Declaración de la OIT de los Principios Fundamentales y Derechos en el Trabajo (que aplica también a los Estados los cuales no han ratificado las Convenciones específicas de la OIT arriba mencionadas)
· (Incluye estándares regionales claves)

12. Particular atención debería ser dada para la pronta ratificación o accesión por los Estados a la Convención Internacional de 1990 sobre la Protección y los Derechos de Todos los Trabajadores Migrantes y Miembros de sus Familias. El mecanismo de quejas individuales establecido por la Convención debería ser aceptado. Los Estados deberían abstenerse de dificultar la ratificación por otros Estados o solicitando estándares menos estrictos que los de la Convención de 1990.

13. La aplicación e interpretación de la Convención de 1951 y su Protocolo de 1967 relattivo al Estatus de los Refugiados debería afirmar que la discriminación sistemática en la base de orígenes étnicos o raciales constituye persecución para los propósitos de la Convención, y garantiza que nadie será expulsado o extraditado cuando hay razones para creer que tal persona puede ser subsequentemente objeto de actos de racismo, discriminación racial, xenofobia o intolerancia relacioanda.

14. A los solicitantes de asilo, refugiados y migrantes se les debería proporcionar acceso a los derechos económicos y sociales básicos como lo establece el derecho internacional, incluyendo la seguridad social, el cuidado de la salud, educación, empleo y alojamiento adequado.

15. La disposición de acceso a los servicos de salud básicos, educación y protección policial debería ser asegurada a todas las personas presentes en un país sin vigilancia de su estatus legal u otras medidas que discriminan o desaniman el acceso y así poner en riesgo la salud pública y la seguridad general.

16. El derecho de los indocumentados y otros migrantes para buscar remedios efectivos para las violaciones de derechos humanos (incluyendo abuso policial, asalto sexual y violencia doméstica) debería ser proporcionado sin miedo a la detención e inmediata deportación.

17. El derecho a la reunión familiar y la integridad de la familia debería ser garantizada, como una derivación del derecho internacionalemnte reconocido a una vida familiar. Las políticas de reunificación familiar no deberían estar subordinadas a las cuotas de inmigración o sujetas a la manipulación política. El estatus independiente debería ser garantizado a todos los miembros de la familia, de particular importancia en proteger a las mujeres y los niños contra la violencia familiar. Una vez admitidos, los miembros de la familia deberían gozar de seguridad y estatus de residencia independiente incluyendo el completo goce de todos los derechos económicos, sociales y culturales. Legislación Comprensiva Anti-discriminatoria

18. Para combatir efectivamente la discriminación contra no nacionales, particularmente los trabajadores migrantes y refugiados, el derecho criminal, civil, administrativo y laboral debería específicamente incluir la prohibición de la discriminación directa e indirecta sobre la base de nacionalidad u origen nacional actual o presunto, así como sobre bases raciales, étnicas, creencias religiosas, género u otros.

19. La legislación nacional anti-discriminatoria debería incluir específicamente el acceso y provisiones para los remedios judiciales, administrativos u otros efectivos para los no cuidadanos, incluyendo el acceso para buscar una compensación justa y adequada o reparaciones por daños sufridos como resultado de la discriminación, violencia de género y abuso por empleadores o agentes del estado.

20. Tal legislación debería explícitamente designar la más amplia extensión de aplicación para no nacionales, de acuerdo con estándares internacionales en áreas de empleo, labor, cuidado de la salud, educación, alojamiento, protección social y seguridad social, beneficios sociales, acceso para el suministro de productos y servicios y para lugares públicos, así como residencia y ciudadanía. Multiculturalismo y Respeto por la Diversidad

21. Todos los Estados deberían explícitamente reconocer y validar la participación multicultural, multiétnica y multi-religiosa en las sociedades nacionales, y alentar al respeto mutuo entre los differentes grupos e identidades.

22. Atención específica y urgente deberá ser dado para asegurar el liderazgo político positivo y comunitario en todos los sectores en promocionar valores de multiculturalismo, diversidad, respeto por 'otros' y condenar la xenofobia y el comportamiento y acciones anti-extranjeros.

23. Se necesita dar atención específica para el entendimeinto y promoción de imágenes positivas de la migración y los refugiados en la educación y entrenamiento, en promover las comunicaciones para combatir los estereotipos negativos y en la eliminación del malentendido y la desinformación en cuanto a los extranjeros, incluyendo el uso de información engañosa sobre migración. Medidas Administrativs y Mejores Prácticas

24. Fomento legal, administrativo, económico y político debería ser dado para el desarrollo y la implementación de prácticas específicas y medidas a todo nivel y como responsabilidad de todos los sectores: administración gubernamental nacional y local, sector privado, labor, instituciones religiosas, sociedad civil y organizaciones comunitarias.

25. Los gobiernos deberían asumir una revisión minuciosa de sus políticas y prácticas migratorias, de asilo y de inmigración para asegurar que ellas sean llevadas de conformidad con los estándares de derechos humanos y anti-discriminatorios internacionales y regionales aplicables.

26. Las políticas de admisiones deberían ser examinadas para evitar o eliminar disposiones, criterios o procedimientos que reenforzan las actitudes y prácticas racistas y xenofóbas.

27. La ayuda legal y la asistencia legal debería ser proporcionada a los solicitantes de asilo, refugiados y migrantes.

28. Las políticas y regulaciones administrativas deberían ser revisadas para facilitar la regularización de personas indocumentadas.

29. El trato discriminatorio por autoridades públicas de inmigrantes, migrantes, solicitantes de asilo y personas indocumentadas debería ser eliminado, en particular por la policía, otros oficiales de la ley y oficiales de inmigración, así como oficiales de inmigración de facto tales como empleados de aeropuertos y aerolíneas.

30. Colocando a los no nacionales en detención por otras razones que aquellas de procedimientos criminales que aplicarían igualmente para nacionales debería ser terminada. El uso de métodos físicos abusivos durante las deportaciones deberían ser terminados. Los trabajadores migrantes deberían estar protegidos de la esclavitud por deudas, retención de compensaciones, condicioens de trabajo inseguras y otras violaciones de las leyes de empleo y trabajo.

31. Medidas dirigidas a combattir el tráfico de personas debería tomar en cuenta e incluir disposiones sobre la protección de testigos y la protección de los derechos humanos de los víctimas, y cumplir en general con los estándares internacionales de derechos humanos.

32. Las estadísticas deberían ser mantenidas y utilizadas en forma desagregada (e.j. la información separada por raza, sexo, edad, etc.) con el fin de evaluar las complejidades de los patrones de la migración moderna y asignar consiguientemente los recursos (e.j. identificar la diferencia entre los niveles de protección de derechos básicos requiridos para las mujeres en el servicio doméstico mal pagado y por los migrantes profesionales en la industria de la computación o en otros campos de alta tecnología).

Atención Específica a los Temas de Género y Edad

33. Un análisis y enfoque género-sensitivo debería ser incorporado en todas las políticas de formulación e implementación para tratar la discriminación múltiple sufrida por las mujeres refugiadas y migrantes.

34. La precaria situación de las mujeres migrantes y refugiadas debería ser reconocida, y su propio estatus independiente concedido en todos los asuntos inmigratorios. Por ejemplo, la violencia basada en el género en los países anfitriones y de tránsito durante los procedimientos de custodia, detención, encarcelación o repatriación deberían ser prevenidos.

35. La particular vulnerabilidad de los niños migrantes y refugiados, particularmente los niños que no están acompañados, debería ser reconocida. Guardianos calificados deberían ser nombrados para los niños separados de sus padres o de un adulto responsable. Educación, Entrenamiento y Concientización

36. Todos los Estados deberían comprometerse a asegurar el acceso a la educación sin discriminación, de acuerdo a los estándares internacionales, incluyendo el acceso a la educación para todos los niños presentes en el terrotorio, sin importar el estatus legal.

37. Todos los Estados deberían asegurar que la curricula escolar incluya una perspectiva global amplia, validando las contribuciones hechas en todas las regiones para la civilización y los conocimientos de la humanidad, y especialmente enfatizando las contribuciones que la migración ha hecho y actualmente hace para el desarrollo humano y al desarrollo de cada país en particular.

38. Los Estados deberían considerar medidas para motivar la responsabilidad de los locutores, reporteros y editores de noticias y medios de comunicación para dasanimar la discriminación y promover la dignidad de todas las personas. Programas de educación de derechos humanos y de entrenamiento anti-racistas deberían ser proporcionados a los profesionales claves frecuentemente en contacto con los inmigrantes y los solicitantes de asilo, incluyendo los oficiales de aduana y de inmigración. Cooperación Internacional Tanto las Conferencias Regionales preparatorias como la Conferencia Mundial en Contra del Racismo y la Xenofóbia deberían incluir en sus agendas a un grupo de trabajo específico sobre migración, refugiados y la xenofobia, y atención adicional debería ser dada a esta área de preocupación en las preparaciones. Deberían ser motivadas y facilitadas entre los gobiernos el diálogo inter-regional, el intercambio de experiencias y mejores práctic