Costa Rica: Manifiesto Indígena Brӧrán de Térraba
A la opinión pública Nacional e Internacional
Organizaciones indígenas; dirigentes comunitarios; y habitantes indígenas del Territorio Brӧrán de Térraba
Hacemos del conocimiento que la empresa gubernamental Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) está vulnerando y violentando los derechos humanos que nos atañen como pueblo indígena de Térraba, maniobrando procesos y utilizando tácticas con la finalidad de no ajustarse a lo establecido en las leyes nacionales y normas internacionales en cuanto a los derechos humanos de los pueblos indígenas, especialmente en relación procesos de consulta que establece el Convenio 169 de la OIT y la Declaración sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas de la ONU.
Los procesos internos que el pueblo indígena de Térraba viene construyendo con la única finalidad de buscar una gobernanza de la colectividad a mediano y largo plazo para las futuras generaciones se han visto interrumpidos por la injerencia del ICE en los últimos años.
Siguiendo con la injerencia citada, sorpresivamente se circula una nota de fecha del 03 de abril donde se invita a una reunión con un equipo técnico del Proyecto Hidroeléctrico El Diquís (PH El Diquís), propiedad del ICE, sobre el tema de consulta y recomendaciones del Relator Especial de ONU. Por otro lado debemos de hacer énfasis en que, el territorio no cuenta con un plan o una hoja de ruta, ni un acuerdo con el ICE para el establecimiento de relaciones con el ICE y menos para tratar asuntos relacionados al PH El Diquís. Esta es una acción para aparentar la aplicación del derecho indígena a la consulta y realizar un procedimiento exclusivo y que se ajuste únicamente a los intereses del ICE.
Sobre procedimientos de consulta así como condiciones y garantías el artículo 6 del Convenio 169 de la OIT expresa. Al aplicar las disposiciones del presente Convenio, los Gobiernos deberán: Consultar a los pueblos interesados, mediante procedimientos apropiados cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente.
Afirma el Convenio 169 de la OIT que es el gobierno de Costa Rica quien debe consultar a los pueblos indígenas. Sin embargo, hasta la fecha no existe un procedimiento de consulta, ni de consentimiento Libre, Previo e Informado, así como las condiciones y garantías necesarias, concertado entre el territorio brörán y el gobierno.
Llamamos la atención al Gobierno del señor Luis Guillermo Solís Rivera, para que vele por el desarrollo y garantice la aplicación de los derechos del pueblo de Térraba, con estricta observancia al derecho indígena y la normativa nacional e internacional sobre los derechos indígenas. Destacamos que la normativa internacional por ser derechos en materia de derechos humanos tiene estatus de supra constitucional, tal como lo reconoce la Constitución Política del país, y lo ratifica la Sala de Constitucionalidad (Sala IV) de la Corte Suprema de Justicia.
Territorio Indígena Brӧrán de Térraba, Costa Rica
16 de mayo de 2015
Responsables:
Geini Gutiérrez Navas
Pablo Sivas Sibar
Cindy Vargas Ortíz
Marlon Carrera Ortíz
Juan Félix Rivera Gómez
Rosa Cabrera Delgado
Jeffrey Villanueva Villanueva
Copia:
Monserrat Solano Carboni, Defensora de los Habitantes
YorikoYasukawa / Coordinadora Residente sistema de ONU en Costa Rica
Comisión Interamericana de Derechos Humanos
Corte Interamericana de Derechos Humanos
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