Declaración de Lima de la II Asamblea Nacional de los Pueblos del Perú y el Tahuantinsuyo

2012-05-14 00:00:00

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Los representantes de AIDESEP, CNA, CONACAMI, los Frentes de Defensa y similares organizaciones de las macro regiones del Norte, Centro y Sur del Perú, auto convocados a la II Asamblea Nacional, (realizada en el local de la Confederación Agraria de la ciudad de Lima), luego de recibir los informes correspondientes, debatir sobre los mismos y ordenar los aportes en relación a la coyuntura política nacional, por consenso, solemnemente acuerda lo siguiente:

1. Exigir a la empresa Newmont y su filial Yanacocha (en el Perú), desistan de desarrollar el Proyecto Minas Conga, en la jurisdicción de Cajamarca; y, al Gobierno Central declare la inviabilidad del indicado proyecto.- Ratificándonos en el contenido de la Declaración de Cajamarca emitida en la I Asamblea Nacional De Los Pueblos (Caj. 30 y 31.03.12).

2. Frente a la convocatoria del PARO REGIONAL INDEFINIDO en Cajamarca, impulsado por los Frentes de Defensa y otras organizaciones sociales desde el 31 del presente mes, en su lucha por defender su medio ambiente y dignidad, COMPROMETER la participación de toda nuestras organizaciones en el impulso de Jornadas Nacionales de Lucha en Defensa de la Vida y la Autodeterminación de los Pueblos, en todo el territorio patrio hacia el PARO NACIONAL INDEFINIDO, generando PAROS PROVINCIALES Y REGIONALES, diversas movilizaciones y otras acciones hasta que las exigencias del pueblo Cajamarquino sea atendidas, con sus propias plataformas regionales o locales .

3. ¡¡NI CONGA EN CAJAMARCA, NI OTRAS CONGAS EN EL PERÚ!!. Con el ejemplo de Cajamarca, los pueblos del Perú, afectados por la minería, reclamamos que los Poderes Ejecutivo y Legislativo (Parlamento), hagan suyas las iniciativas legislativas generadas por los Frentes de Defensa de Cajamarca (10.02.12) y, declare el AGUA como DERECHO HUMANO FUNDAMENTAL; para NUNCA MÁS tener minería en cabeceras de cuencas hidrográficas, glaciares y zonas de reserva ecológica natural. Se PROHÍBA el uso de cianuro y mercurio y la minería a tajo o cielo abierto.