Copyleft o la liberación de la creatividad colectiva
Pueblos
La cultura está sufriendo un progresivo proceso de apropiación en nuestra época. Los derechos de los usuarios para manipular y participar en la cultura son cada vez más limitados, pero un nuevo movimiento trata de subvertir este proceso. El copyleft pretende situar al usuario en el centro de la cultura y dar rienda suelta a la creatividad colectiva de la sociedad.
La cultura es el tejido espiritual con el que los hombres, y las mujeres, construimos nuestros sueños, nuestras creencias y nuestra imagen del mundo. Hubo una época en que la cultura no tenía dueño. Casi tampoco había autores. Los romances y los cantares de gesta pasaban de boca en boca, formaban parte del imaginario colectivo y cada uno podía añadir de su propia cosecha a lo que acababa siendo una creación colectiva compartida por todos. Todos éramos creadores.
Con la imprenta aquello cambió y después vinieron las primeras leyes de copyright, a principios del siglo XVIII. Las tornas se apretaron un poco más y la cultura comenzó a tener propietarios y quedó trazada una gruesa línea entre quienes eran autores, de un lado, y usuarios, del otro; entre quienes tenían determinados derechos sobre la cultura, los autores, y quienes tenían limitaciones sobre ella, los usuarios. Con el tiempo la apropiación de la cultura y el conocimiento se ha ampliado a través del copyright hasta abarcarlo todo.
Hoy el copyright lo controla todo, casi todo, y cada día más, hasta extremos que han llegado a ser absurdos. El pasado verano los irlandeses celebraban en la calles de Dublín el centenario del Bloomsday, era otro 16 de junio en el que se festeja la famosa obra Ulises del escritor James Joyce. Pero los festejos estuvieron a punto de aguarse. Un nieto del escritor prohibió que se hicieran lecturas públicas de las obras de su abuelo salvo que le pagasen considerables sumas de dinero, la ley de copyright lo amparaba en su demanda. Hasta ese extremo hemos llegado.
Copyright vs. Copyleft
Ante esta situación el movimiento del copyleft, una amalgama heterogénea que defiende la flexibilización de las leyes de propiedad intelectual, ha lanzado una alternativa a esta progresiva apropiación de la cultura. Un término que puede resultar extraño de primeras, el copyleft se carga de sentido colocado lado a lado con su antagonista, el copyright: Copyleft - Copyright, es como un juego. Porque de eso se trata, de un juego de palabras que busca subvertir las reglas de la apropiación de la cultura y poner lo que está al derecho (right) en las leyes de propiedad intelectual del revés (left).
Porque si el copyright remite al derecho -que hasta ahora ha privilegiado a los autores- a restringir las copias y usos sobre sus obras, el copyleft remite también a un derecho -que tenemos los usuarios, los lectores, la sociedad- a hacer uso de las mismas obras. Son dos visiones enfrentadas sobre qué es la cultura, quién es importante en ella (el autor, el usuario o la cuenta de ingresos), y cómo deben distribuirse y usarse las obras de creación.
La cultura está hecha con ideas, pero su sustrato es material. Con el paso de los siglos este tejido material se ha ampliando paulatinamente, y cada ampliación ha provocado en nuestras sociedades una gran revolución (la imprenta, la televisión, Internet) o pequeña (los discos, la fotocopiadora, el MP3). La forma como accedemos y manipulamos la cultura y el conocimiento depende de este tejido cultural “y” de las leyes de propiedad intelectual (1).
Tres siglos atrás los propietarios de la cultura tenían el control sólo durante catorce años desde que un libro salía de la pluma del autor y sólo controlaban el derecho a hacer copias de las obras. Con el tiempo fue ampliándose el tipo de usos que controlaban y la duración de estos privilegios. Hoy en día los dueños de la cultura, que no son necesariamente los autores sino los productores económicos (discográficas, editoriales, etc.), controlan virtualmente cualquier uso que se haga de una obra y han alargado estos privilegios hasta setenta años después de la muerte del autor.
Pero esta clausura de la cultura y su apropiación no comenzó a sentirse en el ámbito cotidiano de los hombres, y las mujeres, hasta la década de los setenta. Originalmente el copyright estaba destinado a regular principalmente la esfera comercial de la propiedad intelectual. Era una ley básicamente para empresas que apenas alcanzaban a entrar en el espacio íntimo en que el común de los mortales accede y manipula la cultura. Ha sido tras la aparición de tecnologías que permiten a los usuarios manipular la cultura (grabarla, reproducirla, transformarla, etc.), como la fotocopiadora, el vídeo, el ordenador... que los propietarios de la cultura han lanzado su gran acometida para extender el ámbito de sus privilegios hasta lo más íntimo de nuestra cotidianeidad. En ese momento el copyright comienza a regular no solo la esfera comercial de la cultura sino que limita la capacidad que cada uno de nosotros tiene para manipular la cultura, acceder a ella y usarla en nuestros espacios íntimos.
Respaldados por las leyes que han conseguido sacar adelante por todo el mundo y apoyados en nuevas tecnologías de restricción de usos denominadas DRM (Digital Right Management), los propietarios de la cultura pretenden establecer un modelo en el que las obras son reducidas a un puro objeto comercial. El modelo se basa en restringir todos los usos posibles de las obras y cobrar por cada uno.
El planteamiento es sencillo, se trata de convertir al ciudadano en un puro consumidor de la cultura, no en un usuario de ella. Alguien que mira pero no toca, alguien que es sólo un espectador, al otro lado de la cultura, pero que no puede participar en ella. En la época en que la cultura, la información y el saber cruzan nuestro planeta de lado a lado en un instante, en una época en la que las herramientas permiten a cualquiera manipular la cultura, construir sobre lo que otros ya han logrado, en una época donde cada uno de nosotros está llamado a participar en la creatividad colectiva y sumergirse en el torrente cultural como un usuario creador, los propietarios de la cultura quieren clausurar la cultura a favor únicamente del beneficio económico. En una época así el ideario del copyleft muestra una alternativa que hace saltar por los aires ese modelo y convierte a los usuarios en el centro de la cultura.
Detrás del copyleft hay una idea revolucionaria que subvierte todo este entramado legal desde dentro. Mientras que el copyright se basa en limitar los usos que la sociedad puede hacer de las obras, el principio del copyleft se fundamenta en permitir el máximo uso posible de las obras. Donde el copyright dice “prohibido” el copyleft dice “permitido”.
Una de las ideas centrales de este movimiento desorganizado que agrupa posturas muy diversas, desde las que piden la supresión de las leyes de propiedad intelectual hasta las que abogan por una notable flexibilización de sus límites, es la que concibe a todos los usuarios de la cultura como potenciales creadores.
El movimiento del copyleft hace suyo el ideario de la comunidad del software libre, dentro de la cual se acuña este concepto. Fue Richard S. Stallman, antiguo miembro del Massachussets Institute of Technology (MIT) de EE.UU. y fundador del movimiento del software libre, quien acuñó a mediados de los ochenta el concepto de copyleft plasmado en una licencia denominada GPL (General Public License), baluarte legal del movimiento.
La GPL dice que un autor que distribuya sus programas de software con esa licencia permite a los usuarios que lo copien, modifiquen y lo distribuyan -e incluso lo vendan- libremente. En el fondo de este primer copyleft, desarrollado por hackers y programadores experimentados, está la idea de que cualquier usuario podía intervenir en los programas, mejorarlos, y aportar los productos de su creatividad al bien común.
Creative Commons
En esa idea originaria y en la GPL se han inspirado toda una serie de licencias que recogen, total o parcialmente, el ideal que consagra la distribución, así como el libre acceso y uso de la información como máxima, y desde ahí se ha producido su extensión a nuevos ámbitos artísticos a partir de iniciativas como la de Creative Commons, una organización sin ánimo de lucro fundada en EE.UU. por Lawrece Lessig, profesor de derecho de la Universidad de Stanford y batallador incansable contra la extensión de las leyes de propiedad intelectual.
Creative Commons se ha convertido desde su fundación en el año 2001 en el principal baluarte en la promoción y extensión del ideario del copyleft hacia nuevos ámbitos de la cultura. El proyecto ha creado una serie de licencias, traducidas y adaptadas a una docena de países actualmente, entre los que se encuentra España, que permiten al autor establecer los usos que permite y los que limita de sus obras. Cualquier creación que tenga una licencia de Creative Commons puede ser copiada y distribuida libremente, y siempre que se use hay que mantener la atribución al autor original. Cuando este escoge la licencia decide además sobre tres opciones, con las que establece si: 1) se puede hacer uso comercial de su obra, 2) se puede modificar y 3) si la obra derivada debe tener el mismo tipo de licencia que la original.
Pueden encontrarse ejemplos de todo tipo de instituciones e iniciativas, con ánimo de lucro o sin él, en los que han comenzado a usar este tipo de licencias. Desde el proyecto del MIT OpenCourseWare, con el que esta universidad estadounidense pretende publicar con licencias estilo copyleft los materiales de decenas de cursos, hasta el sello en Internet Magnatune, en el que los músicos venden sus obras usando licencias de Creative Commons.
No está claro hasta dónde puede alcanzar este movimiento y si los proyectos e iniciativas que se desarrollan actualmente llegarán a enraizar con fuerza en la sociedad, pero la semilla está plantada, y este movimiento desorganizado ha comenzado a despertar conciencias y a llamar la atención sobre la peligrosa apropiación que está sufriendo la cultura en nuestras sociedades. El copyleft trata de colocar a los usuarios en el centro de la cultura, será responsabilidad nuestra aceptar el papel que nos correspo
Licencias de todos los gustos
Hay licencias de tipo copyleft para todos los gustos, unas más permisivas que otras, pero todas ellas permiten que las creaciones se copien y se distribuyan libremente y obligan normalmente a mantener la atribución al autor. Después varían según su ámbito de aplicación más adecuado (sea software, obras artísticas, música, etc.) y en función de si permiten que las obras puedan ser modificadas y utilizarlas con fines de lucro.
- Licencias Creative Commons, a gusto del autor. Pueden encontrarse sitios con creaciones de todo tipo (música, fotos, novelas, etc.) que usan este tipo de licencias. Sus condiciones básicas establecen que los contenidos se pueden copiar y distribuir libremente en todo el mundo y que al hacerlo hay que mantener la atribución al autor original. Después el autor fija si sus obras pueden ser: modificadas, se pueden hacer usos comerciales de ellas y si hay que compartir las obras derivadas en las mismas condiciones. El sistema proporciona tres documentos diferentes: uno de sencilla comprensión para legos en derecho, otro con validez legal y un tercero legible por máquinas, creado, por ejemplo, para que los buscadores de Internet reconozcan que una página utiliza este tipo de licencia.
- General Public Licence (GPL), copyleft, la madre de todas las licencias libres. Libre no significa gratuito. La GPL apunta hacia la libertad para utilizar el software, modificarlo y distribuirlo a voluntad. La GPL, creada en 1988, es un pilar central del movimiento del software libre, y la inspiración para toda una serie de licencias desarrolladas posteriormente. De la misma familia es la GNU Free Documentation Licence (GFDL), utilizada en los manuales del software libre. Muchas otras licencias de este estilo son la Licencia Apache, Licencia Mozilla, la Licencia BSD, etc.
- Open Audio Licence, música para todos. Si un grupo usa esta licencia autoriza para que se haga cualquier uso de sus canciones, sólo exige que se mantenga su autoría. Fue creada en el año 2001 por la organización más batalladora por los derechos civiles en el entorno digital, la Electronic Frontier Foundation. Otra licencia para la música es la Free Music Public Licence.
(1) La propiedad intelectual engloba tres ámbitos diferentes como son el registro de marcas, las patentes y los derechos de autor (que los países de tradición anglosajona denominan copyright), aunque en España la legislación usa el término global propiedad intelectual para referirse únicamente a los derechos de autor.
El presente artículo se distribuye bajo licencia Creative Commons, y fue publicado originalmente en la revista Pueblos, edición de diciembre (nº 14).
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